PALABRAS EN CONMEMORACIÓN DEL DIA INTERNACIONAL DEL MUSEO, ANARELLA VÉLEZ

May 19, 2023 at 10:03 am (Uncategorized)

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Para la Secretaría de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras SECAPPH, es un honor contar con su distinguida presencia y darles la bienvenida a este acto, inscrito en las líneas esenciales de la política refundacional del Estado, que asume y dirige nuestra querida Presidenta Xiomara Castro Sarmiento, en una interlocución entre la sociedad y el Estado muy pocas veces vista.

En la plataforma conceptual de la refundación, la memoria histórica es una categoría politológica de primer orden, estrechamente relacionada con el llamado cuerpo de las ciencias sociales.

Nuestro pueblo, en esplendida sintonía con los proceso políticos más avanzados de América Latina, ha tomado la decisión de recuperar su memoria histórica, en otras palabras, de apropiarse de una ontología política, que le permita construir no un país en sí, sino un país para sí. Tenía que llegar el momento de proclamar una epistemología del sur, es decir, de los países sometidos al vasallaje pos colonial, y ahí están los espléndidos resultados y sus extraordinarias posibilidades. En razón de esos y otros argumentos, la Secretaría de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras y la Secretaría en los Despachos de los Derechos Humanos, hemos aunado esfuerzos para conmemorar, con la máxima dignidad posible, el Día Internacional del Museo, y lanzar la convocatoria a un concurso para la creación del Museo de la Memoria y de los lugares de señalización en materia de Derechos Humanos. Estamos dando cumplimiento y expandiendo la esfera normativa del PCM 13/2023, en rigurosa aplicación del Programa de la Memoria Histórica.

Destaco la urgencia y la necesidad de fortalecer una política museística como componente importantísimo de la política cultural del Estado. En los espacios aludidos, la memoria histórica despliega toda su energía y se sigue paso a paso, el proceso de las luchas políticas, en este caso de nuestro pueblo, concebido como el gran hacedor de nuestra historia, con su galería de héroes, mártires y presencias que asumieron la conciencia de sus pueblos y la dignidad irrenunciable de cancelar realidades ominosas, originadas y sustentadas por estructuras políticas de vocación anti-humana, enemistadas con toda forma de expresión concreta de la libertad. Un Pueblo que no posee memoria carece de todas las fortalezas que debemos poseer si deseamos alcanzar el desarrollo y la prosperidad común de la sociedad, y se convierte en un actor pasivo, susceptible de ser explotado por intereses ajenos e incapaz de determinar su propio destino. No podemos olvidar que históricamente han existido actores vinculados a la ideología neoliberal que han ocupado el poder en nuestro país y que desean este triste resultado para nuestra nación.

El Museo de la Memoria y los proyectos inherentes a sus fines esenciales, son de gran importancia para la sensibilización popular en materia de derechos humanos.

Las llamadas sociedades anahistoricas, están diseñadas para que no las habiten mujeres y hombres conscientes de sus derechos y dueños de su destino, sino autómatas que cumplan mecánicamente los movimientos dictados desde el poder contra-popular. El Gobierno de nuestra Presidenta Xiomara Castro, hoy cumple con una aspiración largamente sentida y enarbolada por nuestro pueblo. Seguramente, los distinguidos panelistas se ocuparán de los temas que nos convocan desde plataformas múlti-interpretativas. Yo lo celebro y expreso mis mejores augurios. Comprometo la responsabilidad de la Secretaría de Estado que dirijo por designación presidencial, a dar una batalla por la recuperación, el fortalecimiento, la defensa y la expansión de la memoria histórica. Lo haremos en conjunción, primero con nuestro pueblo, con los sectores del Estado directamente implicados, con los sectores beligerantes de la cultura y las artes y con la Academia, para que la larga noche de la desmemoria, por fin dé paso al amanecer de las nuevas conciencias.
Para esa gran finalidad, es preciso recordar que este es el tiempo para llevarla a cabo, este es el gobierno que no vacilará en darle continuidad orgánica, porque Honduras, siguiendo el pensamiento de sus próceres y próceras, que siempre desearon para ella un primer espacio en la comunidad internacional, cumpla ese destino pleno y heroico.
Larga vida, ahora y siempre, a la memoria histórica de Honduras.

*Antigua Casa Presidencial, museo de la Historia de la refundación de Honduras

Debido a que en 1880 Marco Aurelio Soto trasladó la Capital de la República –hasta entonces estuvo ubicada en Comayagua– a la ciudad de Tegucigalpa, estableciendo la sede del Poder Ejecutivo en la nueva ciudad capital, Tegucig.alpa. Como sede provisional del gobierno, se utilizó un edificio de madera y teja ubicado a un costado de la Plaza La Merced, en el lugar donde se encuentra actualmente el Palacio Legislativo. En 1913, durante la primera administración de Francisco Bertrand se trasladó la sede de gobierno cerca del Parque Central, en el edificio histórico del Banco de Honduras, hoy lamentablemente inexistente. 

En 1916, durante la segunda administración del presidente Bertrand (1916-1919), se comenzó a construir la Antigua Casa Presidencial, por la necesidad de contar con una sede oficial para el gobierno. La construcción estuvo a cargo del arquitecto de origen italiano Augusto Bressani. En el mes de agosto del 2016 se conmemoró el primer centenario del inicio de construcción de este emblemático inmueble.

El primer presidente que habitó la Casa Presidencial fue el Gral. Rafael López Gutiérrez. Este bello edificio nunca fue inaugurado oficialmente a pesar de lo meritorio de la obra, esto se debió a la inestabilidad política entre 1920-1924.

El inmueble funcionó como sede de Casa Presidencial hasta el año 1992, cuando el entonces presidente, Rafael Leonardo Callejas, trasladó su sede a un nuevo edificio en la Colonia Miraflores de Tegucigalpa.

La Antigua Casa Presidencial fue declarada como Bien Cultural mediante el Decreto 74-89 con fecha 13 de julio de 1989, Gaceta No. 25.882. Además, se decreta la declaración de Monumento Nacional del Casco Histórico del Distrito Central y zonas aledaña, mediante acuerdo No. 527 del 20 de diciembre de 1994, Gaceta No. 27.594, durante el gobierno de Carlos Roberto Reina, siendo su ministro de cultura Rodolfo Pastor F. y su vice ministro Rigoberto Paredes F, La Antigua Casa Presidencial se encuentra dentro de los límites del Centro Histórico, consecuentemente es parte del patrimonio nacional y Monumento Nacional de Honduras. Este hermoso edificio debería ser nuestro museo de la Historia de la Refundación.

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INTERVECIÓN DE ANARELLA VÉLEZ  (HONDURAS) EN LA REUNIÓN DE MINISTRAS Y MINISTROS DE CULTURA DEL GRUPO DE LOS 77 Y CHINA 

May 9, 2023 at 11:11 am (Uncategorized)

Excelentisimo ministro de cultura de la Republica de Cuba, Sr. Alpidio Alonso Grau, ministras, ministros y demas autoridades de Cultura del G-77 +China, Sr. Ernesto Renato Ottone Ramirez, subdirector General de cultura de la UNESCOunesco, sr Lazare Assomo, director del patrimonio mundial de la unesco invitadas e invitados especiales, hermanos y hermanas de las artes y las culturas 

Hoy en día, tras una importante victoria en las urnas en la que elegimos por una mayoría histórica a la primera mujer presidenta, Xiomara Castro,  Honduras está finalmente en condiciones de enunciar compromisos para alinear nuestros intereses con los de esta comunidrad política; donde nuestras necesidades y retos son comunes. Para nosotros la relación con el Sur Global hoy se perfila más importante que nunca, pues al igual que los problemas que conciernen a la comunidad global se resienten más profundamente en nuestras naciones, hemos constatado, por nuestra propia Historia de sumisión y clientelismo que acabo de citar, que si no estamos a la vanguardia en la deliberación para la resolución de nuestras dificultades, nadie más lo hará por nosotros, particularmente en lo concerniente a la formulacion de proyectos de la cultura tangible e intangible y las economía creativas. 

El campo de la cultura es abordado por el Estado como el ente rector de la formación de una identidad nacional y los valores que son prioritarios a esta. Nuestra participación es imprescindible para la transición fuera de un esquema socioeconómico neoliberal que ha desvalorizado y destruido las manifestaciones culturales que nos son propias y que responden a las inquietudes de nuestro pueblo, sustituyéndolas por una ideología rapaz y extremista, encaminada a la destrucción de nuestros recursos en el afán del lucro para una minoría, particularmente en lo que se refiere al saqueo de nuestros bienes patrimoniales. Sobre esta potencial tabla rasa, si deseamos enunciar que la sostenibilidad es un derecho humano universal, que la diversidad lo es, que estos son patrimonios invaluables de nuestro mundo, ¿acaso podríamos lograrlo sin el correspondiente esfuerzo desde el campo cultural, para transformar un pensamiento que siempre ha negado estos valores? Claramente, nuestros esfuerzos en este sentido son un aporte valioso, y la examinación y sana crítica de los valores que deseamos promover en el espacio presente son un paso trascendental para lograrlo.

Honduras aborda el sujeto de esta reunión con toda seriedad y sinceridad. Cuando nuestro nuevo proyecto político aún está por madurar, existen innegablemente fuerzas reaccionarias operando en nuestro territorio para revertir todos los logros que hemos logrado y que proyectamos con esperanza. Desearían devolvernos al siglo pasado para preservar los privilegios de las élites locales y mundiales, y sabemos muy bien cuánto los demás países presentes en este congreso han sufrido al atravesar un conflicto similar, y también sabemos que es un revés que como país no podemos permitirnos. Por tanto, nuestro compromiso con el multilateralismo como vehículo del progreso, con la libre asociación entre los pueblos del planeta con intereses afines, con el desarrollo de nuevos planteamientos culturales para asegurar la prosperidad y dignidad de las generaciones futuras, es absoluto y nuestra adhesión a esta iniciativa es francamente entusiasta.

Estamos aqui para manifestar nuestra adhesion a los compromisos contraídos en Mondiacult 2022, para que la cultura se convierta en un objetivo de desarrollo sostenible, y expresarnos en pro de un mundo donde prime la cooperación solidaria entre nuestras naciones, por que la cultura se conciba como la piedra angular que sostiene nuestro proyecto del buen vivir para nuestros pueblos.

Excelencias, reciban un abrazo desde la tierra de Francismo Morazán y Josefa Lastiri, de los poetas Juan Ramón Molina y Clementina Suárez, de nuestra presidenta Xiomara Castro y del Expresidente Manuel Zelaya.

Vivan los pueblos del mundo, viva cuba, Hasta la victoria siempre

Buiti Binafi, buenos dias en nuestra lengua garífuna, Titan Yamni en nuestra lengua miskita, mapris yamnia en nuestra lengua tawahka, para todas y todos.

Primera Versión:

Excelentisiegundamo ministro de cultura de la Republica de Cuba, Sr. Alpidio Alonso Grau, ministras, ministros y demas autoridades Cultura del G-77 +China, Sr. Ernesto Renato Ottone Ramirez, subdirector General de cultura de la UNESCOunesco, sr Lazare Assomo, director del patrimonio mundial de la unesco invitadas e invitados especiales, hermanos y hermanas de las artes y las culturas (1)

Comienzo mi participación haciendo una breve reseña sobre los cambios que se están suscitando en suelo hondureño. Faltaría a la verdad si dijese que históricamente que el Estado de Honduras ha sido un actor involucrado en el movimiento mundial para beneficio del mundo en desarrollo; muy al contrario, fuimos una tierra sometida al juego geopolítico imperialista de Occidente en contra de naciones que enfrentaban retos similares a los nuestros. Fue dentro del territorio hondureño que se organizó logísticamente el Golpe de Estado de 1954 contra Árbenz en Guatemala, el segundo de muchos atentados contra la democracia gestados por la CIA, precedido únicamente por la deposición de Mossadegh en Irán en 1953. Posteriormente, esta misma organización nos convirtió en la base de la guerrilla de los Contras que pretendía derrocar a la Revolución Sandinista en Nicaragua, en la década de los 80s, mientras concurrentemente las fuerzas reaccionarias locales y extranjeras implantaban el terror en nuestro país bajo la forma de la Doctrina de la Seguridad Nacional, una operación de inteligencia militar que condujo a cientos de asesinatos y desapariciones forzadas de opositores al gobierno. La consecuencitexto a de permitir la operación de los Contras en Honduras fue el ingreso del narcotráfico que formó parte de sus operaciones encubiertas, y esta actividad criminal organizada tuvo un desarrollo sostenido que con el paso del tiempo culminó con el ascenso al poder de la dictadura de Juan Orlando Hernández, quien tras apoyar el Golpe de Estado de 2009 erigió por más de una década una estructura de poder absoluto y opresivo gracias al control de Hernández sobre el tráfico de estupefacientes y la entrega del Estado al modelo neoliberal bajo la tutela y protección de la extrema derecha de nuestro continente.

Dado este contexto, es comprensible que por mucho tiempo Honduras no estuvo en la posición de formular una política exterior independiente, soberana y correspondiente a sus intereses comunes con el mundo en desarrollo. En el 2021, tras los 12 años de Hernández en el poder, el desgaste del neoliberalismo en nuestro sistema económico y social era patentemente absoluto; el índice de pobreza en Honduras llegaba al 70%, el más alto en su Historia, y los derechos de la población eran violados sistemáticamente para favorecer a una reducidísima élite económica dedicada a la explotación de los recursos del Estado. Esta crisis condujo a la abrumadora victoria electoral de nuestra actual presidenta Xiomara Castro, un hito histórico en múltiples sentidos para Honduras, pues se convirtió      en nuestra primera mujer gobernante, a la vez que se trató de la elección ganada por mayor margen en los registros de nuestro país;ientras que por otra parte Castro prometía una ruptura total con las políticas del pasado que fueron tan lesivas para los intereses de la gran mayoría del Pueblo Hondureño.

Así es que hoy en día, Honduras está finalmente en condiciones de enunciar compromisos para alinear nuestros intereses con los de esta comunidad política; donde nuestras necesidades y retos son comunes. Para nosotros la relación con el Sur Global hoy se perfila más importante que nunca, pues al igual que los problemas que conciernen a la comunidad global se resienten más profundamente en nuestras naciones, hemos constatado, por nuestra propia Historia de sumisión y clientelismo que acabo de citar, que si no estamos a la vanguardia en la deliberación para la resolución de nuestras dificultades, nadie más lo hará por nosotros.

El campo de la cultura es abordado por el Estado como el ente rector de la formación de una identidad nacional y los valores que son prioritarios a esta. Nuestra participación es imprescindible para la transición fuera de un esquema socioeconómico neoliberal que ha desvalorizado y destruido las manifestaciones culturales que nos son propias y que responden a las inquietudes de nuestro pueblo, sustituyéndolas por una ideología rapaz y extremista, encaminada a la destrucción de nuestros recursos en el afán del lucro para una minoría. Sobre esta potencial tabla rasa, si deseamos enunciar que la sostenibilidad es un derecho humano universal, que la diversidad lo es, que estos son patrimonios invaluables de nuestro mundo, ¿acaso podríamos lograrlo sin el correspondiente esfuerzo desde el campo cultural, para transformar un pensamiento que siempre ha negado estos valores? Claramente, nuestros esfuerzos en este sentido son un aporte valioso, y la examinación y sana crítica de los valores que deseamos promover en el espacio presente son un paso trascendental para lograrlo.

Honduras aborda el sujeto de esta reunión con toda seriedad y sinceridad. Cuando nuestro nuevo proyecto político aún está por madurar, existen innegablemente fuerzas reaccionarias operando en nuestro territorio para revertir todos los logros que hemos logrado y que proyectamos con esperanza. Desearían devolvernos al siglo pasado para preservar los privilegios de las élites locales y mundiales, y sabemos muy bien cuánto los demás países presentes en este congreso han sufrido al atravesar un conflicto similar, y también sabemos que es un revés que como país no podemos permitirnos. Por tanto, nuestro compromiso con el multilateralismo como vehículo del progreso, con la libre asociación entre los pueblos del planeta con intereses afines, con el desarrollo de nuevos planteamientos culturales para asegurar la prosperidad y dignidad de las generaciones futuras, es absoluto y nuestra adhesión a esta iniciativa es francamente entusiasta, particularmente en lo concerniente a la formulacion de proyectos de la cultura tangible e intangible y las economía creativas. 

Una vez más manifestamos nuestra adhesion a los compromisos contraídos en Mondiacult 2022, para que la cultura se convierta en un objetivo de desarrollo sostenible, y expresarnos en pro de un mundo donde prime la cooperación solidaria entre nuestras naciones, por que la cultura se conciba como la piedra angular que sostiene nuestro proyecto del buen vivir para nuestros pueblos.

Excelencias, reciban un abrazo desde la tierra de Francismo Morazán y Josefa Lastiri, de los poetas Juan Ramón Molina y Clementina Suárez, de nuestra presidenta Xiomara Castro y del Expresidente Manuel Zelaya.

Vivan los pueblos del mundo, viva cuba, Hasta la victoria siempre

Buiti Binafi, buenos dias en nuestra lengua garífuna, Titan Yamni en nuestra lengua miskita, mapris yamnia en nuestra lengua tawahka, para todas y todos.

  • GRUPO DE LOS 77 Y CHINA

Cuba fue electa por primera vez como presidente del Grupo de los 77 más China  para el año 2023, en el marco del 77 período de sesiones de la Asamblea General de Naciones Unidas, en septiembre del 2022

En aquella reunión del Grupo, el ministro de Relaciones Exteriores Bruno Rodríguez agradeció en nombre del pueblo y Gobierno cubanos la decisión adoptada.

El director general de Asuntos Multilaterales y Derecho Internacional del país caribeño, Rodolfo Benítez, indicó vía Twitter que “guiar las labores de este Grupo de concertación política amplio y diverso no es solo una alta responsabilidad, sino también un reconocimiento a nuestra defensa de los intereses del Sur”.

El ministro de Relaciones Exteriores de Cuba, Bruno Rodríguez, Nueva York para participar en la toma de posesión de su país al frente del grupo. Por su parte, el mandatario cubano, Miguel Díaz-Canel, participó de forma virtual en la instalación, a través de un video.

El resto de delegación cubana estuvo conformada por el representante permanente de Cuba ante la Organización de Naciones Unidas (ONU), Pedro Luis Pedroso Cuesta, y altos funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Misión Permanente del país caribeño ante esa organización.

Pakistán estuvo al frente del Grupo 77 + China en 2022 y Cuba fue electa en septiembre del año pasado para asumirla en 2023.

¿Qué propone Cuba?

En el año de su gestión, el país caribeño buscará el impulso de los objetivos de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, según informa la Cancillería, en medio de un contexto marcado por la crisis generada por la pandemia, los conflictos bélicos internacionales y la carencia de materias primas. 

Del mismo modo, se plantea como propósito «fomentar la solidaridad y la cooperación internacionales en apoyo a la recuperación pospandemia de las naciones en desarrollo».

También propone «convertir la cooperación Sur-Sur» entre los países principalmente en el hemisferio sur y «triangular en un instrumento más eficaz», según afirmó Rodríguez en la 46.º Reunión Ministerial del Grupo de los 77 + China.

Asimismo, Cuba en la presidencia de este grupo «promoverá el cumplimiento cabal de la responsabilidad de los países industrializados en el apoyo, mediante la cooperación Norte-Sur».

Otras propuestas son «incentivar el avance de las posiciones comunes entre los miembros», preservar y consolidar la unidad del grupo, apoyar el sistema de comercio multilateral y defender el acceso universal a la educación y a la salud de calidad.

¿Qué es el Grupo 77 + China? El Grupo de los 77 (G-77) se creó en 1964 en el seno del Movimiento de los Países No Alineados al finalizar la primera sesión de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD), en Ginebra. Este bloque, inicialmente estaba compuesto por setenta y siete países en desarrollo.

Aunque se mantuvo el nombre, se fueron agregando naciones hasta quedar compuesto por los 134 de la actualidad, lo que hace que este mecanismo sea «el grupo concertado más grande y diverso en el ámbito multilateral».

Sus integrantes representan dos tercios de los miembros del sistema de las Naciones Unidas y el 80 % de la población mundial.

Este bloque, al que se sumó China en 1992, que participa y colabora de forma externa, «proporciona los medios para que los países del Sur puedan articular y promover sus intereses económicos colectivos y mejorar su capacidad de negociación conjunta sobre los principales temas económicos internacionales», recoge la Cancillería colombiana en su página.

Según Cubadebate, el G77 + China «ha logrado mantenerse unido con el multilateralismo como principio rector de las estrategias de cooperación Sur-Sur, a pesar de las marcadas diferencias culturales, geográficas, económicas, y realidades nacionales de sus integrantes».

En este mecanismo se encuentran algunas de las economías más grandes del mundo, como China o Brasil, y algunas de las más pequeñas, «por lo que en ocasiones resulta complejo hallar líneas de desarrollo comunes», dice el citado medio.

https://actualidad.rt.com/actualidad/454855-g77-china-presidencia-asumir-cuba

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En busca de la libertad: El bicentenario de Centroamérica. Anarella Vélez

abril 6, 2023 at 4:52 pm (Uncategorized)

Documentos Fundacionales 

Acta de Independencia de 1823 

Constitución de La República Federal de Centroamérica

22 De Noviembre De 1824

La declaración de Independencia del Reino de Guatemala se realizó el 15 de septiembre de 1821 tras una década de luchas en la región y un período sangriento de persecusión de las y los criollos que se levantaron contra el orden colonial. Entre los años de 1811 y 1814 se inicio  un periodo de movilización social en Centroamérica que duró hasta mediados del siglo XIX e involucró a casi todas las cla sociales.  Las motivaciones económicos y el contexto político que insentivaron la insurgencia, rebeliones, protestas y manifestaciones de diferente índole pública,

En un contexto de gran inestabilidad la Junta Provisional propuso  un Congreso que sería instalado antes del 1 de marzo de 1822, el cual debería  ratificar la declaración de 15/S 1821 y que debería decidir  la forma y destino de la nueva organización política del territorio. Sin embargo, el 5 de enero de 1822, esta Junta declaró arrebatadamente que los territorios que comprendía el Reino de  Guatemala se unía al Imperio Mexicano. El Imperio encabezado por Iturbide colapsó en marzo de 1823, y Centro América quedó en libertad de continuar o cancelar esa anexión. Casi de inmediato, canceló y durante la próxima década se esforzó por construir la Federación Centroméricana

El 1 de julio de 1823, las provincias de Centro América se declararon “libres e independientes de la antigua España, de México y de cualquier otra potencia” y que intentarían formar una república federal que se llamaría Provincias Unidas de Centro América. El anhelo de establecer una monarquía católica en México había fracasado. Se gesta la República Federal de Centroamérica,   amplia e incluyente, constituida por cinco naciones. 

Centroamérica declara su independencia, 1 de julio de 1823

Versión contemporánea de Declaración de Independencia Absoluta de Centroamérica de 1823

“Los representantes de las Provincias Unidas del Centro de América, congregadas en virtud de la convocatoria, dada en esta ciudad de Guatemala, el 15 de septiembre de 1821 y renovada en 29 de marzo de 1823, con el importante objeto de pronunciarse sobre la independencia y libertad de los pueblos, nuestros comitentes sobre su recíproca unión: sobre su gobierno; y sobre todos los demás puntos contenidos en la memorable acta del citado día 15 de septiembre, que adoptó entonces la mayoría de los pueblos de este vasto territorio, y al que se han adherido posteriormente todos los demás, que hoy se hallan representados en esta Asamblea General.

Después de examinar, con todo el detenimiento y madurez que exige la delicadeza y entidad de los objetos con que somos congregados, así la acta expresada de septiembre de 21 y la de 5 de enero de 1822, como también el decreto del Gobierno Provisorio de esta provincia, de 29 de marzo último, y todos los documentos concernientes al objeto mismo de nuestra reunión.

Después de traer a la vista todos los datos necesarios para conocer el estado de la población, riqueza, recursos, situación local, extensión y demás circunstancias de los pueblos que ocupan el territorio antes llamado Reino de Guatemala.

Habiendo discutido la materia: oído el informe de las diversas comisiones que han trabajado para acumular y presentar á esta Asamblea todas las luces posibles acerca de los puntos indicados: teniendo presente cuando puede requerirse para el establecimiento de un nuevo Estado; y tomando en consideración:

PRIMERO:

Que la independencia del Gobierno Español ha sido y es necesaria en las circunstancias de aquella Nación y las de toda la América: que era y es justa en sí misma y esencialmente conforme a los derechos sagrados de la naturaleza: que la demandaba imperiosamente las luces del siglo, las necesidades del Nuevo Mundo y todos los más caros intereses de los pueblos que lo habitan.

Que la naturaleza misma resiste la dependencia de esta parte del globo, separada por un océano inmenso de la que fue su metrópoli, y con la cual le es imposible mantener la inmediata y frecuente comunicación, indispensable entre pueblos que forman un solo Estado.

Que la experiencia de más de trescientos años manifestó a la América que su felicidad era del todo incompatible con la nulidad a que la reducía la triste condición de coloniade una pequeña parte de Europa.

Que la arbitrariedad, con que fue gobernada por la Nación Española, y la conducta que ésta observó constantemente, desde la conquista, excitó en los pueblos él más ardiente deseo de recobrar sus derechos usurpados.

Que, a impulsos de tan justos sentimientos, todas las provincias de América sacudieron el yugo que las oprimió por espacio de tres siglos: que las que pueblan el antiguo Reino de Guatemala proclamaron gloriosamente su independencia en los últimos meses del año 1821; y que la resolución de conservarla y sostenerla es el voto general y uniforme de todos sus habitantes.

SEGUNDO:

Considerando por otra parte: que la incorporación de estas Provincias al extinguido Imperio Mexicano, verificada solo de hecho en fines de 1821 y principios de 1822, fue una expresión violenta, arrancada por medios viciosos e ilegales.

Que no fue acordada ni pronunciada por órganos ni por medios legítimos; que por estos principios la representación nacional del Estado Mexicano jamás la aceptó expresamente, ni pudo con derecho aceptarla; y que las providencias que acerca de esta unión dictó y expidió Agustín de Iturbide, fueron nulas.

Que la expresada agregación ha sido y es contra de los intereses y de los derechos sagrados de los pueblos, nuestros comitentes: que es opuesta a su voluntad; y que un concurso de circunstancias tan poderosas e irresistibles exigen que las provincias del antiguo Reino de Guatemala se constituyan por sí mismas y con separación del Estado Mexicano.

Nosotros, por tanto, los Representantes de dichas Provincias, en su nombre, con su autoridad y conformes en todo con sus votos, declaramos solemnemente:

1. Que las expresadas provincias, representadas en esta Asamblea, son libres e independientes de la antigua España, de México y de cualquiera otra potencia así del antiguo como del Nuevo Mundo; y que no son ni deben ser el patrimonio de persona ni familia alguna.

2. Que, en consecuencia, son y forman Nación Soberana, con derecho y actitud de ejercer y celebrar cuantos actos, contratos y funciones ejercen y celebran los otros pueblos libres de la tierra.

3. Que las Provincias sobre dichas, representadas en esta Asamblea (y las demás espontáneamente se agreguen de las que componían el antiguo Reino de Guatemala), se llamarán, por ahora, y sin perjuicio de lo que se resuelva en la Constitución que ha de formarse, 

Provincias Unidas del Centro de América”.

Y mandamos que esta declaratoria y la acta de nuestra instalación se publiquen con la debida solemnidad en este pueblo de Guatemala, y en todos y cada uno de los que se hallan representados en esta Asamblea: que se impriman y circulen: que se comuniquen á las Provincias de León, Granada, Costa Rica y Chiapas y que en la forma y modo, que se acordará oportunamente, se comuniquen también á los Gobiernos de España, de México y todos los demás Estados independientes de ambas Américas.

Dado en Guatemala, el 1 de julio de 1823. 

José Matías Delgado, diputado por San Salvador, Presidente.

Fernando Antonio Dávila, diputado por Sacatepéquez, Vice-Presidente.

Juan Francisco de Sosa, diputado suplente por San Salvador, secretario. 

Mariano Galvez, diputado por Totonicapán. Secretario. 

Mariano Córdoba, diputado por Huehuetenango, secretario. 

Simon Vasconcelos, diputado suplente por San Vicente, secretario.

Pedro Molina, diputado por Guatemala. 

José Francisco Barrundia, diputado por Guatemala. 

José Antonio Azmitia, diputado suplente por Guatemala.

José Domingo Estrada, diputado por Chimaltenango.

Simeon Cañas, diputado por Chimaltenango. 

Luis Barrutia, diputado por Chimaltenango.

Felipe Márquez, diputado suplente por Chimaltenango.

Julian Castro, diputado por Sacatepéquez. 

José Antonio Alcayaga, diputado por Sacatepéquez.

J. Domingo Diéguez, diputado Suplente por Sacatepéquez.

Juan Miguel Beltranena, diputado por Cobán. 

José María Castilla, diputado por Cobán. 

Cirilo Flores, diputado por Quezaltenango. 

Francisco Flores, diputado por Quezaltenango

José Antonio Peña, diputado por Quezaltenango. 

Francisco Benavente, diputado suplente por Quezaltenango. 

Serapio Sánchez, diputado por Totonicapán. 

José María Herrarte, diputado suplente por Totonicapán.

Francisco Javier Valenzuela, diputado por Jalapa. 

José María Ponce, diputado por Escuintla.

José Antonio Larrave, diputado suplente por Esquipulas. 

Lázaro Herrarte, diputado por Suchitepéquez. 

José Beteta, diputado por Salamá.

José Antonio Jiménez, diputado por San Salvador. 

Pedro José Cuellar, diputado suplente por San Salvador. 

José Francisco Córdoba, diputado por Santa Ana. 

Marcelino Menéndez, diputado por Santa Ana. 

Miguel Ordoñez, diputado por San Agustín. 

Antonio José Cañas, diputado por Cojutepeque.

Leoncio Domínguez, diputado por San Miguel. 

Mariano Beltranena, diputado suplente por San Miguel.

Isidro Menéndez, diputado por Sonsonate. 

Felipe Vega, diputado por Sonsonate. 

Pedro Campo Arpa, diputado por Sonsonate. 

Juan Vicente Villacorta, diputado por San Vicente. 

Ciriaco Villacorta, diputado por San Vicente. 

Francisco Aguirre, diputado por Olancho. 

CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA FEDERAL DE CENTROAMÉRICA

22 de noviembre de 1824

EN EL NOMBRE DEL SER SUPREMO, AUTOR DE LAS SOCIEDADES Y LEGISLADOR DEL UNIVERSO 

Congregados en asamblea NACIÓN al constituyente nosotros los representantes del pueblo de Centroamérica, cumpliendo con sus deseos y en uso de sus soberanos derechos, decretamos la siguiente constitución para promover su felicidad; sostenerla en el mayor goce posible de sus facultades; afianzar los derechos del hombre y del ciudadano sobre los principios inalterables de libertad, igualdad, seguridad y propiedad; establecer el orden público, y formar una perfecta federación 

TÍTULO I 

DE LA NACIÓN Y DE SU TERRITORIO 

SECCIÓN 1 

De la nación 

Artículo 1o. El pueblo de la República federal de Centro América es soberano e independiente. 

Artículo 2o. Es esencialmente soberano y su primer objeto la conservación de la libertad, igualdad, seguridad y propiedad. 

Artículo 3o. Forman el pueblo de la República todos sus habitantes. 

Artículo 4o. Están obligados a obedecer y respetar la ley, a servir y defender la patria con las armas y a contribuir proporcionalmente para los gastos públicos sin exención ni privilegio alguno. 

SECCIÓN 2 

Del territorio 

Artículo 5o. El territorio de la República es el mismo que antes comprendía el antiguo reyno de Guatemala, a excepción de la provincia de Chiapas. 

Artículo 6o. La federación se compone actualmente de cinco estados que son: Costarrica, Nicaragua, Honduras, el Salvador y Guatemala, La provincia de Chiapas se tendrá por estado de la federación cuando libremente se una. 

Artículo 7o. La demarcación del interior de los estados se hará por una ley constitucional con presencia de los datos necesarios. 

TÍTULO II 

DEL GOBIERNO, DE LA RELIGION Y DE LOS CIUDADANOS 

SECCIÓN 1 

Del Gobierno y de la religión 

Artículo 8o. El gobierno de la República: es popular, representativo, federal. 

Artículo 9o. La República se denomina: Federación de Centroamérica. 

Artículo 10. Cada uno de los estados que la componen es libre e independiente en su gobierno y administración interior; y les corresponde todo el poder que por la constitución estuviere conferido a las autoridades federales. 

Artículo 11. Su religión es: la católica apostólica romana, con exclusión del exercicio publico de cualquiera otra. 

Artículo 12. La República es un asilo sagrado para todo extrangero y la patria de todo el que quiera residir en su territorio. 

SECCIÓN 2 

De los ciudadanos 

Artículo 13. Todo hombre es libre en la República. No puede ser esclavo el que se acoja a sus leyes, ni ciudadano el que trafique en esclavos. 

Artículo 14. Son ciudadanos todos los habitantes de la República naturales de país, o naturalizados en él que fueren casados, o mayores de diez y ocho años, siempre que exerzan alguna profesión útil o tengan medios conocidos de subsistencia. 

Artículo 15. El Congreso concederá cartas de naturaleza a los extrangeros, que manifiesten a la autoridad local designio de radicarse en la República: 1o., Por servicios relevantes hechos a la nación y designados por la ley. 2o., Por cualquiera invención útil, y por el exercicio de alguna ciencia, arte u oficio no establecidos aun en el país, o mejora notable de una industria conocida. 3o., Por vecindad de cinco años. 4o., Por la de tres a los que vinieren a radicarse con sus familias, a los que contrajeren matrimonio en la República, y a los que adquirieren bienes raíces del valor y la clase que determine la ley. 

Artículo 16. También son naturales los nacidos en país extranjero ciudadanos de Centro-américa, siempre que sus padres estén al servicio de la República, o quando su ausencia no pasare de cinco años y fuere con noticia del gobierno. 

Artículo 17. Son naturalizados los españoles y qualesquiera extrangeros que hallándose radicados en algún punto del territorio de la República al proclamar su independencia, la hubieren jurado. 

Artículo 18. Todo el que fuere nacido en las repúblicas de América y viniere a radicase a la Federación, se tendrá por naturalizado en ella desde el momento en que manifieste su designio ante la autoridad local. 

Artículo 19. Los ciudadanos de un estado tienen expedito el exercicio de la ciudadanía en qualquier otro de la Federación. 

Artículo 20. Pierden la calidad de ciudadanos: 1o., Los que admitieren empleo o aceptaren pensiones, distintivos o títulos hereditarios de otro gobierno; o personales sin licencia del Congreso; 2o., Los sentenciados por delitos que según la ley merezca pena más que correccional, si no obtuvieren rehabilitación. 

Artículo 21. Se suspenden los derechos de ciudadano: 1o., Por proceso criminal en que se haya proveído auto de prisión por delito que según la ley merezca pena más que correccional. 2o., Por ser deudor fraudulento declarado, o deudor a las rentas públicas y judicialmente requerido de pago. 3o., Por conducta noto riamente viciada. 4o., Por incapacidad física o moral judicialmente calificada. 5o., Por el estado de sirviente doméstico cerca de la persona. 

Artículo 22. Sólo los ciudadanos en exercicio pueden obtener oficios en la República. 

TÍTULO III 

DE LA ELECCIÓN DE LAS SUPREMAS AUTORIDADES FEDERALES 

SECCIÓN 1 

De las elecciones en general 

Artículo 23. Las asambleas de los estados dividirán su población con la posible exactitud y comodidad en juntas populares, en distritos y en departamentos. 

Artículo 24. Las juntas populares se componen de ciudadanos en el exercicio de sus derechos: las juntas de distrito, de los electores nombrados por las juntas populares; y las juntas de departamento, de los electores nombrados por las juntas de distrito. 

Artículo 25. Toda junta será organizada por un Directorio compuesto de un presidente, dos secretarios y dos escrutadores, elegidos por ella misma. 

Artículo 26. Las acusaciones sobre fuerza, cohecho o soborno en los sufragantes hechas en el acto de la elección, serán determinadas por el Directorio con quatro hombres buenos nombrados entre los ciudadanos presentes por el acusador, para el solo efecto de desechar por aquella vez los votos tachados o del calumniador en su caso. En los demás estos juicios serán seguidos y determinados en los tribunales comunes. 

Artículo 27. Los recursos sobre nulidad en las elecciones de las juntas populares serán definitivamente resueltos en las juntas de distrito; y los que se entablen contra éstas, en las de departamento. Los cuerpos legislativos que verifican las elecciones deciden de las calidades de los últimos electos cuando sean tachados, y de los reclamos sobre nulidad en los actos de las juntas de departamento. 

Artículo 28. Los electores de distrito y de departamento no son responsables de su exercicio electoral. Las leyes acordaron las garantías necesarias para que libre y puntualmente verifiquen su encargo. 

Artículo 29. En las épocas de elección constitucional, se celebrarán el último domingo de octubre las juntas populares; el segundo domingo de noviembre las de distrito; y el primer domingo de diciembre las de departamento. 

Artículo 30. Ningún ciudadano podrá escusarse del cargo de elector por motivo ni pretesto alguno. 

Artículo 31. Nadie puede presentarse con arma a los actos de elección, ni votarse a sí mismo. 

Artículo 32. Las juntas no podrán deliberar sino sobre objetos designados por la ley. Es nulo todo acto que esté fuera de su legal intervención. 

SECCIÓN 2 

De las juntas populares 

Artículo 33. La base menor de una junta popular será de doscientos cincuenta habitantes; la mayor de dos mil y quinientos. 

Artículo 34. Se formarán registros de los ciudadanos que resulten de la base de cada junta, y los inscriptos en ellos únicamente tendrán voto activo y pasivo. 

Artículo 35. Las juntas nombrarán un elector primario por cada doscientos cincuenta habitantes. La que tuviere un residuo de ciento veinte y seis nombrará un elector más. 

SECCIÓN 3 

De las juntas de distrito 

Artículo 36. Los electores primarios se reunirán en las cabeceras de los distritos que las asambleas designen. 

Artículo 37. Reunidas por lo menos las dos terceras partes de los electores primarios, se forma la junta y nombra por mayoría absoluta un elector de distrito por cada diez electores primarios de los que le correspond en. 

SECCIÓN 4 

De las juntas de departamento 

Artículo 38. Un departamento constará fijamente de doce electores de distrito por cada representante que haya de nombrar. 

Artículo 39. Los electores de distrito se reunirán en las cabeceras de departamento que las asambleas designen. 

Artículo 40. Reunidas por lo menos las dos terceras partes de los electores de distrito que forma la junta de departamento y elige por mayoría absoluta los representantes y suplentes que le corresponden para el Congreso. 

Artículo 41. Nombrados los representantes y suplentes, se despachará a cada uno por credencial copia autorizada de la acta en que conste su nombramiento. 

Artículo 42. En la renovación del Presidente y Vice-presidente de la República, individuos de la Suprema Corte de Justicia y senadores del Estado, los electores sufragarán para estos funcionarios en actos diversos, y cada voto será registrado con separación. 

Artículo 43. Las juntas de departamento formarán de cada acto de elección listas de los electores con expresión de sus votos. 

Artículo 44. Las listas relativas a la elección del Presidente y Vice-presidente de la República e individuos de la Suprema Corte de Justicia, deberán firmarse por los electores, y remitirse cerradas y selladas al Congreso. También se dirigirá en la propia forma una copia de ellas, con la de votación para senadores a la Asamblea del Estado respectivo. 

SECCIÓN 5 

De la regulación de votos y modo de verificar la elección de las supremas autoridades federales 

Artículo 45. Reunidas las listas de las juntas departamentales de cada Estado su Asamblea hará un escrutinio de ellas y en la forma prescrita en el artículo anterior lo remitirá con las mismas listas al Congreso, reservándose las que contiene la elección de senadores. 

Artículo 46. Reunidos los pliegos que contienen las listas de todas las juntas de departamento y su escrutinio formado por las asambleas, el Congreso los abrirá y regulará la votación por el número de los electores de distrito, y no por el de las juntas de departamento.

Artículo 47. Siempre que resulte mayoría absoluta de sufragios la elección está hecha. Si no la hubiere, y algunos ciudadanos reunieren quarenta o más votos, el Congreso por mayoría absoluta eligirá solo entre ellos. Si esto no se verificare, nombrará entre los que tuvieren de quince votos arriba; y no resultando los suficientes para ninguno de estos dos casos, elegirá entre los que obtengan qualquier número. 

Artículo 48. Las asambleas de los Estados sobre las mismas reglas y en proporción semejante, verificarán la elección de senadores, si no resultare hecha por los votos de los electores de distrito. 

Artículo 49. En un mismo sugeto la elección de propietario con qualquier número de votos prefiere a la de suplente. 

Artículo 50. En caso de que un mismo ciudadano obtenga dos o más elecciones, preferirá la que se haya efectuado con mayor número de votos populares; y siendo éstos iguales se determinará por voluntad del electo. 

Artículo 51. Los ciudadanos que hayan servido por el término constitucional qualquier destino electivo de la Federación, no serán obligados a admitir otro diverso sin que haya transcurrido el intervalo de un año. 

Artículo 52. Las elecciones de las Supremas autoridades Federales se publicarán por un decreto del cuerpo legislativo que las haya verificado. 

Artículo 53. Todos los actos de elección desde las juntas populares hasta los escrutinios del Congreso y de las Asambleas, deben ser públicos para ser válidos. 

Artículo 54. La ley reglamentará estas elecciones sobre las bases establecidas. 

TÍTULO IV 

DEL PODER LEGISLATIVO Y DE SUS ATRIBUCIONES

SECCIÓN 1 

De la organización del poder legislativo 

Artículo 55. El poder legislativo de la Federación reside en un Congreso compuesto de representantes popularmente elegidos, en razón de uno por cada treinta mil habitantes. 

Artículo 56. Por cada tres representantes se elegirá un suplente. Pero si a alguna junta no le correspondiere elegir más que uno o dos propietarios, nombrará sin embargo un suplente. 

Artículo 57. Los suplentes concurrirán por falta de los propietarios en caso de muerte o imposibilidad a juicio del Congreso. 

Artículo 58. El Congreso se renovará por mitad cada año, y los mismos representantes podrán ser reelegidos una vez sin intervalo alguno. 

Artículo 59. La primera legislatura decidirá por suerte los representantes que deben renovarse en el año siguiente: en adelante la renovación se verificará saliendo los de nombramiento más antiguo. 

Artículo 60. La primera vez calificará las elecciones y credenciales de los representantes una junta preparatoria compuesta de ellos mismos: en lo sucesivo, mientras no se hubiere abierto las sesiones toca esta calificación a los representantes que continúan, en unión de los nuevamente electos. 

Artículo 61. Para ser representante se necesita tener la edad de veinte y tres años — haber sido cinco ciudadano; bien sea del estado seglar o de eclesiástico secular– y hallarse en actual exercicio de sus derechos. En los naturalizados se requiere además un año de residencia no interrumpida e inmediata a la elección, sino es que hayan estado ausentes en servicio de la República. 

Artículo 62. Los empleados del gobierno de la Federación de los estados no podrán ser representantes en el Congreso, ni en las Asambleas por el territorio en que exercen su cargo; ni los representantes serán empleados por estos gobiernos durante sus funciones, ni obtendrán ascenso que no sea de rigurosa escala. 

Artículo 63. En ningún tiempo ni con motivo alguno los representantes pueden ser responsables por proposición, discurso o debate en el Congreso o fuera de él sobre asuntos relativos a su encargo. Y durante las sesiones y un mes después no podrán ser demandados civilmente, ni ejecutados por deudas. 

Artículo 64. El Congreso resolverá en cada legislatura el lugar de su residencia; pero tanto el Congreso como las demás autoridades federales no exercerán otras facultades sobre la población donde residan, que las concernientes a mantener el orden y tranquilidad pública para asegurarse en el libre y decoroso exercicio de sus funciones. 

Artículo 65. Quando las circunstancias de la Nación lo permitan se construirá una Ciudad para residencia de las autoridades federales, las que exercerán en ella una jurisdicción exclusiva. 

Artículo 66. El Congreso se reunirá todos los años el día primero de marzo y sus sesiones durarán tres meses. 

Artículo 67. La primera legislatura podrá prorrogarse el tiempo que juzgue necesario: las siguientes no podrán hacerlo por más de un mes. 

Artículo 68. Para toda resolución se necesita la concurrencia de la mayoría absoluta de los representantes, y el acuerdo de la mitad y uno más de los que se hallaren presentes; pero un número menor puede obligar a concurrir a los ausentes del modo y bajo las penas que se designen en el reglamento interior del Congreso. 

SECCIÓN 2 

De las atribuciones del Congreso 

Artículo 69. Corresponde al Congreso: 

1o. Hacer las leyes que mantiene la Federación, y aquellas en cuya general uniformidad tienen un interés directo y conocido cada uno de los estados. 

2o. Levantar y sostener el exercito y armada NACIÓN al.
3o. Formar la ordenanza general de una y otra fuerza.
4o. Autorizar al poder executivo para emplear la milicia de los estados quando lo 

exija la execución de la ley, o sea necesario contener insurrecciones o repeler invasiones. 5o. Conceder al poder executivo facultades extraordinarias expresamente detalladas 

y por un tiempo limitado, en caso de guerra contra la independencia NACIÓN al. 

7o. Decretar y designar rentas generales para cubrirlos; y no siendo bastantes, señalar el cupo correspondiente a cada estado según su población y riqueza. 

8o. Arreglar la administración de las rentas generales: velar sobre su inversión, y tomar cuenta de ellas al poder executivo. 

9o. Decretar en caso extraordinario pedidos, préstamos e impuestos extraordinarios. 10. Calificar y reconocer la deuda NACIÓN al.
11. Destinar los fondos necesarios para su amortización y réditos.
12. Contraher deudas sobre el erario NACIÓN al. 

13. Suministrar emprestitos a otras NACIÓN es.

14. Dirigir la educación, estableciendo los principios generales más conformes al sistema popular y al progreso de las artes útiles y de las ciencias; y asegurar a los inventores por el tiempo que se considere justo el derecho exclusivo de sus descubrimientos. 

15. Arreglar y proteger el derecho de petición. 

16. Declarar la guerra: y hacer la paz con presencia de los informes y preliminares que le comunique el poder executivo. 

17. Ratificar los tratados y negociaciones que haya ajustado el poder executivo.
18. Conceder o negar la introducción de tropas extrangeras en la República.
19. Arreglar el comercio con las NACIÓN es extrangeras y entre los estados de la 

Federación; y hacer leyes uniformes sobre las banca-rotas.
20. Habilitar puertos y establecer aduanas marítimas.
21. Determinar el valor, ley, tipo y peso de la moneda NACIÓN al y el precio de la 

extrangera; fijar uniformemente los pesos y medidas; y decretar penas contra los falsificadores. 

6o. Fijar los gastos de la administración general. 

22. Abrir los grandes caminos y canales de comunicación; y establecer y dirigir postas y correos generales en la República. 

23. Formar la ordenanza del corzo: dar leyes sobre el modo de juzgar las piraterías; y decretar las penas contra este y otros atentados cometidos en alta mar con infracción del derecho de gentes. 

24. Conceder amnistías o indultos generales en el caso que designa e artículo 118. 25. Crear tribunales inferiores que conoscan en asuntos propios de la Federación. 26. Calificar las elecciones populares de las autoridades federales, a excepción de la 

del Senado.
27. Admitir por dos terceras partes de votos las renuncias que con causas graves 

hagan de sus oficios los representantes en el Congreso –el Presidente y Vice-presidente de la República–, los senadores después que hayan tomado posesión–y los individuos de la Suprema Corte de Justicia. 

28. Señalar los sueldos– de los representantes en el Congreso– del Presidente y Vice-presidente– de los senadores– de los individuos de la Suprema Corte– y de los demás agentes de la Federación. 

29. Velar especialmente sobre la observación de los artículos contenidos en los títulos 10 y 11, y anular sin las formalidades prevenidas en el artículo 194 toda disposición legislativa que lo contrarie. 

30. Conceder permiso para obtener de otra nación pensiones, distintivos o títulos personales, siendo compatibles con el sistema de gobierno de la República. 

31. Resolver sobre la formación y admisión de nuevos estados. 

Artículo 70. Quando el Congreso fuere convocado extraordinariamente, solo tratará de aquellos asuntos que hubieren dado motivo a la convocatoria. 

TÍTULO V 

DE LA FORMACION, SANCION Y PROMULGACION DE LA LEY 

SECCIÓN 1 

De la formación de la ley 

Artículo 71. Todo proyecto de ley debe presentarse por escrito, y solo tienen facultad de proponerlo al Congreso los representantes y los secretarios del despacho; pero estos últimos no podrán hacer proposiciones sobre ninguna clase de impuestos. 

Artículo 72. El Proyecto de ley debe leerse por dos veces en días diferentes antes de resolver si se admite o no a discusión. 

Artículo 73. Admitido deberá pasar a una comisión que lo examinará detenidamente y no podrá presentarlo sino después de tres días. El informe que diere tendrá también dos lecturas en días diversos, y señalando el de su discusión con el intervalo a lo menos de otros tres, no podrá diferirse mas tiempo sin acuerdo del Congreso. 

Artículo 74. La ley sobre formación de nuevos Estados se hará según lo prevenido en el título 14. 

Artículo 75. No admitido a discusión, o desechado un proyecto de ley, no podrá volver a proponerse sino hasta el año siguiente. 

Artículo 76. Si se adoptare el proyecto, se extenderá por triplicado en forma de ley: se leerá en el Congreso; y firmados los tres originales por el presidente y dos secretarios se remitirá al senado. 

SECCIÓN 2 

De la sanción de la ley 

Artículo 77. Todas las resoluciones del Congreso dictadas en uso de las atribuciones que le designan la Constitución necesitan para ser válidas tener la sanción del senado, eceptuándose únicamente las que fueren: 

1o. Sobre su régimen interior, lugar y prórroga de sus sesiones.
2o. Sobre calificación de elecciones, y renuncia de los elegidos.
3o. Sobre concesión de cartas de naturaleza.
4o. Sobre declaratoria de haber lugar a la formación de causa contra qualquier 

funcionario.
Artículo 78. El senado dará la sanción por mayoría absoluta de votos con esta 

fórmula: <<Al Poder Executivo>> y la negará con esta otra: <<Vuelva al Congreso>>. Artículo 79. Para dar o negar la sanción tomará desde luego informes del poder 

executivo, que deberá darlos en el término de ocho días.
Artículo 80. El senado dará o negará la sanción entre los diez días inmediatos. Si 

pasado este término no lo hubiere dado o negado, la resolución la obtiene por el mismo hecho. 

Artículo 81. El senado deberá negarla, quando la resolución sea en qualquier manera contraria a la Constitución, o quando juzgare que su observancia no es conveniente a la República. En estos dos casos devolverá el Congreso uno de los originales con la fórmula correspondiente, puntualizando por separado las razones en que funda su opinión. El Congreso las examinará, y discutirá de nuevo la resolución devuelta. Si fuere ratificada por dos terceras partes de votos, la sanción se tendrá por dada, y en efecto la dará el Senado. En caso contrario no podrá proponerse de nuevo sino hasta el año siguiente. 

Artículo 82. Quando la resolución fuere sobre contribuciones de qualquier clase que sean, y el senado rehusara sancionarla se necesita el acuerdo de las tres quartas parte del Congreso para su ratificación. Ratificada que sea, se observará en los demás lo prevenido en el artículo anterior. 

Artículo 83. Quando el senado rehusare sancionar una resolución del Congreso por ser contraria a los títulos 10 y 11, se requiere también para ratificarla el acuerdo de las tres quartas partes del Congreso, y debe pasar segunda vez al senado para que dé o niegue la sanción. 

Artículo 84. Si aun así no lo obtuviere, o si la resolución no hubiere sido ratificada, no puede volver a proponerse sino hasta el año siguiente, debiendo entonces sancionarse o ratificarse según las reglas comunes a toda resolución. 

Artículo 85. Quando la mayoría de los estados reclamaren las resoluciones del Congreso en el caso del artículo 83, deberán ser inmediatamente revisadas sin perjuicio de su observancia, y recibir nueva sanción por los trámites prevenidos en el mismo artículo, procediéndose en los demás conforme al 83. 

Artículo 86. Dada la sanción constitucionalmente, el senado devuelve con ella al Congreso un original, y pasa otro al poder executivo para su execución. 

SECCIÓN 3 

De la promulgación de la ley 

Artículo 87. El poder executivo luego que reciba una resolución sancionada o de las que trata el artículo 77 debe bajo la más estrecha responsabilidad ordenar su cumplimiento; disponer ente quince días lo necesario a su execución; y publicarla y circularla, pidiendo al Congreso prórroga del término si en algún caso fuere necesaria. 

Artículo 88. La promulgación se hará en esta forma: <<Por quanto el Congreso decreta y el senado sanciona lo siguiente (el texto literal) por tanto: execútese>>. 

TÍTULO VI 

DEL SENADO Y SUS ATRIBUCIONES 

SECCIÓN 1 

Del senado 

Artículo 89. Habrá un senado compuesto de miembros elegidos popularmente en razón de dos por cada Estado: se renovará anualmente por tercios, pudiendo sus individuos ser reelectos una vez sin intervalo alguno. 

Artículo 90. Para ser senador se requiere –naturaleza en la República– tener treinta años cumplidos, haber sido siete ciudadano, bien sea del estado seglar o del eclesiástico secular– y estar en actual exercicio de sus derechos. 

Artículo 91. Nombrará cada Estado un suplente, que tenga las mismas calidades, para los casos de muerte o imposibilidad declarada por el mismo senado. 

Artículo 92. Uno solo de los senadores que nombre cada Estado podrá ser eclesiástico. 

Artículo 93. El senado en su primera sesión se dividirá por suerte con la igualdad posible en tres partes, las que sucesivamente se renovarán cada año. 

Artículo 94. El Vice-presidente de la República presidirá el senado y solo sufragará en caso de empate. 

Artículo 95. En su falta, nombrará el senado entre sus individuos un presidente, que deberá tener las calidades que se requieren para Presidente de la República. 

Artículo 96. El Vice-presidente se apartará del senado quando éste nombre los individuos del tribunal que establece el artículo 147. 

Artículo 97. Las sesiones del senado durarán todo el año en la forma que prevenga su reglamento. 

SECCIÓN 2 

De las atribuciones del senado 

Artículo 98. El senado tiene la sanción de todas las resoluciones del Congreso en la forma que se establece en la sección 2, título 5. 

Artículo 99. Cuidará de sostener la Constitución: velará sobre el cumplimiento de las leyes generales, y sobre la conducta de los funcionarios del gobierno federal. 

Artículo 100. Dará consejo al poder executivo:
1o. Acerca de las dudas que ofrezca la execución de las resoluciones del Congreso. 2o. En los asuntos que provengan de relaciones y tratados con potencias 

extrangeras.
3o. En los del gobierno interior de la República.
4o. En los de guerra o insurrección.
Artículo 101. Convocará al Congreso en casos extraordinarios, citando a los 

suplentes de los representantes que hubieren fallecido durante el receso.
Artículo 102. Propondrá ternas al poder executivo para el nombramiento –de los ministros diplomáticos– del comandante de las armas de la Federación– de todos los 

oficiales del exercito de coronel inclusive arriba– de los comandantes de los puertos y fronteras– de los ministros de la tesorería general– y de los gefes de las rentas generales. 

Artículo 103. Declarará quando ha lugar a la formación de causa contra los ministros diplomáticos y cónsules en todo género de delitos; y contra los secretarios del despacho– el comandante de armas de la Federación– y comandantes de los puertos y fronteras– los ministros de la tesorería general– y los gefes de las rentas generales por delitos cometidos en el exercicio de sus funciones, quedando sujetos en todos los demás a los tribunales comunes. 

Artículo 104. Intervendrá en las controversias que designa el artículo 194 y nombrará en sus primeras sesiones el tribunal que establece el 147. 

Artículo 105. Reveerá las sentencias de que habla el artículo 137. 

TÍTULO VII 

EL PODER EXECUTIVO, DE SUS ATRIBUCIONES Y DE LOS SECRETARIOS DEL DESPACHO 

SECCIÓN 1 

El poder executivo 

Artículo 106. El poder executivo se exercerá por un Presidente nombrado por el pueblo de todos los Estados de la Federación. 

Artículo 107. En su falta hará sus veces el Vice-presidente nombrado igualmente por el pueblo. 

Artículo 108. En falta de uno y otro, el Congreso nombrará un senador de las calidades que designa el artículo 110. Si el impedimento no fuere temporal, y faltare más de un año para la renovación periódica dispondrá se proceda a nueva elección, la que deberá hacerse desde las juntas populares hasta su complemento. El que así fuere electo durará en sus funciones el tiempo designado en el artículo 111. 

Artículo 109. Quando la falta de que habla el artículo anterior ocurra no hallándose reunido el Congreso, se convocará extraordinariamente; y entre tanto exercerá el poder executivo el que presida el senado. 

Artículo 110. Para ser Presidente y Vice-presidente se requiere –naturaleza en la República– tener treinta años cumplidos –haber sido siete ciudadano– ser del estado seglar y hallarse en actual exercicio de sus derechos. 

Artículo 111. La duración de Presidente y Vice-presidente por cuatro años, y podrán ser reelegidos una vez sin intervalo alguno. 

Artículo 112. El Presidente no podrá recibir de ningún Estado, autoridad o persona particular emolumentos o dádivas de ninguna especie; ni sus sueldos serán alterados durante su encargo. 

SECCIÓN 2 

De las atribuciones del poder executivo 

Artículo 113. El poder executivo publicará la ley: cuidará de su observancia y del orden público. 

Artículo 114. Consultará al Congreso sobre la inteligencia de la ley; y al senado sobre las deudas y dificultades que ofrezca su execución. Debe en este caso, conformarse con su dictamen, y cesa su responsabilidad. 

Artículo 115. Entablará consultas al senado, las negociaciones y tratados con las potencias extrangeras: le consultará asi mismo sobre los negocios que provengan de estas relaciones, pero en ninguno de los dos casos está obligado a conformarse con su dictamen. 

Artículo 116. Podrá consultar al senado en los negocios graves del gobierno interior de la República, y en los de guerra o insurrección. 

Artículo 117. Nombrará los funcionarios de la República que designa el artículo 102 a propuesta del senado: los que designa el artículo 139 a propuesta de la Suprema Corte de Justicia, y los subalternos de unos y otros, y los oficiales de la fuerza permanente, que no llegaren a la graduación de coronel, por igual propuesta de sus gefes o superiores respectivos. 

Artículo 118. Quando por algún grave acontecimiento peligre la salud de la patria y convenga usar de amnistía o indulto, el Presidente lo propondrá al Congreso. 

Artículo 119. Dirigirá toda la fuerza armada de la Federación; podrá reunir la cívica y disponer de ella quando se halle en servicio activo de la República, y mandar en persona el exercito con aprobación del senado, y en cuyo caso recaerá el Gobierno en el Vice- Presidente. 

Artículo 120. Podrá usar de la fuerza para repelar invasiones o contener insurrecciones, dando cuenta inmediatamente al Congreso, o en su receso al senado. 

Artículo 121. Concederá con aprobación del senado, los premios honorificos compatibles con el sistema de gobierno de la Nación. 

Artículo 122. Podrá separar libremente y sin necesidad de instrucción de causa de los secretarios del despacho–trasladar por arreglos a las leyes a todos los funcionarios del poder executivo federal–suspenderlos por seis meses– y deponerlos con pruebas justificadas de ineptitud o desobediencia y con acuerdo en vista de ellas de las dos terceras partes del senado. 

Artículo 123. Presentará por medio de los Secretarios del despacho al abrir el Congreso sus sesiones un detalle circunstanciado del estado de todos los ramos de la administración pública, y del exercito y marina, con los proyectos que juzgue más oportunos para su conservación, con el presupuesto de los venideros y medios para cubrirlos. 

Artículo 124. Dará al Congreso y al senado los informes que le pidieren: y quando sean sobre asuntos de reserva, lo expondrá así para que el Congreso o el senado le dispensen de su manifestación, o se le exijan si el caso lo requiere. Mas no estará obligado a manifestar los planes de guerra ni las negociaciones de alta política pendientes con las potencias extrangeras. 

Artículo 125. En caso que los informes sean necesarios para exigir la responsabilidad al Presidente, no podrá rehusarse por ningún motivo, ni reservarse los documentos después que se haya declarado haber lugar a la formación de causa. 

Artículo 126. No podrá el Presidente sin licencia del Congreso separarse del lugar en que éste resida; ni salir del territorio de la República hasta seis meses después de concluido su encargo. 

Artículo 127. Quando el Presidente sea informado de alguna conspiración o traición de la República y de que amenaza un próximo riesgo podrá dar órdenes de arresto e interrogar a los que se presuman reos; pero en el término de tres días los pondrá precisamente a disposición del Juez respectivo. 

Artículo 128. Comunicará a los Gefes de los Estados las leyes y disposiciones generales, y les prevendrá lo conveniente en todo quanto concierna al servicio de la Federación y no estuviere encargado a sus agentes particulares. 

SECCIÓN 3 

De los secretarios del despacho 

Artículo 129. El Congreso a propuesta del Poder executivo designará el número de los secretarios del despacho; organizará las secretarías, y fixará los negocios que a cada una correspondan. 

Artículo 130. Para ser secretario del despacho se necesita ser –americano de origen– ciudadano en el exercicio de sus derechos– y mayor de veinticinco años. 

Artículo 131. Las órdenes del poder executivo se expedirán por medio del Secretario del ramo a que correspondan y las que de otra suerte se expidieren no deben ser obedecidas. 

TÍTULO VIII 

DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA Y SUS ATRIBUCIONES 

SECCIÓN 1 

De la Suprema Corte de Justicia 

Artículo 132. Habrá una Suprema Corte de Justicia que según disponga la ley, se compondrá de cinco a siete individuos: serán elegidos por el pueblo; se renovarán por tercios cada dos años y podrán siempre ser reelegidos. 

Artículo 133. Para ser individuos de la Suprema Corte se requiere ser–americano de origen con siete años de residencia no interrumpida e inmediata a la elección–ciudadano en el exercicio de sus derechos– del estado seglar– y mayor de treinta años. 

Artículo 134. En falta de algún individuo de la Suprema Corte hará sus veces uno de tres suplentes que tendrán las mismas calidades y serán elegidos por el pueblo después del nombramiento de los propietarios. 

Artículo 135. La Suprema Corte designará en su caso el suplente que deba concurrir. 

SECCIÓN 2 

De las atribuciones de la Suprema Corte de Justicia 

Artículo 136. Conocerá en última instancia con las limitaciones y arreglo que hiciere el Congreso en los casos emanados– de la Constitución– de las leyes generales– de 

los tratados hechos por la República– de jurisdicción marítima– y de competencia sobre jurisdicción en controversias de ciudadanos o habitantes de diferentes Estados. 

Artículo 137. En los casos de contienda en que sea parte toda la República, uno o mas Estados, con alguno o algunos otros, o con extrangeros o habitantes de la República; la Corte Suprema de Justicia hará nombren árbitros para la primera instancia: conocerá en la segunda; y la sentencia que diere será llevada en revista al senado, caso de no conformarse las partes con el primero y segundo juicio, y de haber lugar a ella según la ley. 

Artículo 138. Conocerá originalmente con el arreglo a las leyes en las causas civiles de los ministros diplomáticos y consulares; y en las criminales de todos los funcionarios en que declara el senado según el artículo 103 haber lugar a la formación de causas. 

Artículo 139. Propondrá ternas al poder executivo para que nombre los jueces que deben componer los tribunales inferiores de que habla el artículo 69 número 25. 

Artículo 140. Velará sobre la conducta de los jueces inferiores de la Federación, y cuidará de que administren pronta y cumplidamente la justicia. 

TÍTULO IX 

DE LA RESPONSABILIDAD Y MODO DE PROCEDER EN LAS CAUSAS DE LAS SUPREMAS AUTORIDADES FEDERALES 

SECCIÓN ÚNICA 

Artículo 141. Los funcionarios de la Federación antes de posesionarse de sus destinos, prestarán juramento de ser fieles a la República, y de sostener con toda su autoridad la Constitución y las Leyes. 

Artículo 142. Todo funcionario público es responsable con arreglo a la ley del exercicio de sus funciones. 

Artículo 143. Deberá declararse que ha lugar a la formación de causa contra los representantes en el Congreso– por traición–venalidad– falta grave en el desempeño de sus funciones– y delitos comunes que merezcan penas mas que correccionales. 

Artículo 144. En todos estos casos y en los de infracción de ley, y usurpación habrá igualmente lugar a la formación de causa contra los individuos del senado– de la Corte Suprema de Justicia–contra el Presidente y Vice-presidente de la República y secretarios del despacho. 

Artículo 145. Todo acusado queda suspenso en el acto de declararse que ha lugar a la formación de causa: depuesto, siempre que resulte reo; e inhabilitado para todo cargo público, si la causa diere mérito según la ley. En lo demás a que hubiere lugar se sujetarán al orden y tribunales comunes. 

Artículo 146. Los delitos mencionados producen acción popular, y las acusaciones de qualquier ciudadano o habitante de la República deben ser atendidas. 

Artículo 147. Habrá un tribunal compuesto de cinco individuos que nombrará el senado entre los suplentes del mismo o del Congreso, que no hayan entrado al exercicio de sus funciones. Sus facultades se determinan en los artículos 149 y 150. 

Artículo 148. En las acusaciones contra individuos del Congreso, declarará este quando ha lugar a la formación de causa, la que será seguida y terminada según la ley de su régimen interior. 

Artículo 149. En las acusaciones contra el Presidente y Vice-presidente, si ha hecho sus veces declarará el Congreso quando ha lugar a la formación de causa; juzgará la Suprema Corte; y conocerá en apelación el tribunal que establece el artículo 147. 

Artículo 150. En las acusaciones contra individuos de la Suprema Corte, el 

Congreso declarará quando ha lugar a la formación de causa; y juzgará el tribunal que establece el artículo 147. 

Artículo 151. En las acusaciones contra los senadores y Vice-presidente, declarará el Congreso quando ha lugar a la formación de causa, y juzgará la Suprema Corte. 

TÍTULO X 

GARANTIAS DE LA LIBERTAD INDIVIDUAL 

SECCIÓN ÚNICA 

Artículo 152. No podrá imponerse pena de muerte, sino en los delitos que atenten directamente contra el orden público, y en el de asesinato, homicidio premeditado o seguro. 

Artículo 153. Todos los ciudadanos y habitantes de la República sin distinción alguna estarán sometidos al mismo orden de procedimientos y de juicios que determinen las leyes. 

Artículo 154. Las Asambleas, tan luego como sea posible, establecerán el sistema de jurados. 

Artículo 155. Nadie puede ser preso sino en virtud de orden escrita de autoridad competente para darla. 

Artículo 156. No podrá librarse esta orden sin que proceda justificación de que se ha cometido un delito que merezca pena más que correccional, y sin que resulte al menos por el dicho de un testigo quien es el delincuente. 

Artículo 157. Pueden ser detenidos: 1o., el delincuente cuya fuga se tema con fundamento; 2o., el que sea encontrado en el acto de delinquir; y en este caso todos pueden aprenderle 

Artículo 158. La detención de que habla el artículo anterior no podrá durar más que quarenta y ocho horas y durante este término deberá la autoridad que la haya ordenado practicar lo prevenido en el artículo 156 y librar por escrito la orden de prisión o poner en libertad al detenido. 

Artículo 159. El alcayde no puede recibir ni detener en la cárcel a ninguna persona, sin transcribir en su registro de presos o detenidos la orden de prisión o detención. 

Artículo 160. Todo preso debe ser interrogado dentro de quarenta y ocho horas; y el juez está obligado a decretar la libertad o permanencia en la prisión dentro de las veinte y quatro siguientes, según el mérito de lo actuado. 

Artículo 161. Puede sin embargo imponerse arresto por pena correccional, previas las formalidades que establesca el código de cada Estado. 

Artículo 162. El arresto por pena correccional no puede pasar de un mes. 

Artículo 163. Las personas aprehendidas por la autoridad no podrán ser llevadas a otros lugares de prisión, detención, o arresto, que a los que esten legal y públicamente destinados al efecto. 

Artículo 164. Quando algun reo no estuviere incomunicado por orden del juez transcripta en el registro del alcayde, no podrá este impedir su comunicación con persona alguna. 

Artículo165. Todo el que no estando autorizado pro la ley expidiere, firmare, executare o hiciere executar la prisión, detención, o arresto de alguna persona; todo el que en caso de prisión, detensión o arresto autorizado por la ley conduxere, recibiere o retuviere al reo en lugar que no sea de los señalados pública y legalmente; y todo alcayde que contraviniere a las disposiciones precedentes, es reo de detención arbitraria. 

Artículo 166. No podrá ser llevado ni detenido en la cárcel el que diere fianza en los casos en que la ley expresamente no lo prohiba. 

Artículo 167. Las asambleas dispondrán que haya visitas de cárceles para toda clase de presos, detenidos o arrestados. 

Artículo 168. Ninguna casa puede ser registrada sino por mandato escrito de autoridad competente, dado en virtud de dos disposiciones formales que presten motivo al allanamiento, el que deberá efectuarse de día. También podrá registrarse a toda hora por un agente de la autoridad pública. 1o. En la persecución actual de un delincuente: 2o. Por un desorden escandaloso que exija pronto remedio: 3o. Por reclamación hecha del interior de la casa. Mas hecho el registro se comprobará con dos disposiciones que se hizo por alguno de los motivos indicados. 

Artículo 169. Solo en los delitos de traición se pueden ocupar los papeles de los habitantes de la República; y unicamente podrá practicarse su exámen cuando sea indispensable par ala averiguación de la verdad, y a presencia del interesado, devolviendosele en el acto quantos no tengan relación con lo que se indaga. 

Artículo 170. La policía de seguridad no podrá ser confiada sino a las autoridades civiles, en la forma que la ley determine.

Artículo 171. Ningún juicio civil o sobre injurias podrá entablarse sin hacer constar que se ha intentado antes el medio de conciliación. 

Artículo 172. La Facultad de nombrar árbitros en qualquier estado del pleito es injerente a toda persona: la sentencia que los árbitros dieren es inapelable, si las partes comprometidas no se reservaren este derecho. 

Artículo 173. Unos mismos jueces no pueden serlo en dos diversas instancias. 

Artículo 174. Ninguna ley del Congreso ni de las Asambleas puede contrariar las garantías contenidas en este título; pero si ampliarlas y dar otras nuevas. 

TÍTULO XI 

DISPOSICIONES GENERALES 

SECCIÓN ÚNICA 

Artículo 175. No podrán el Congreso, las Asambleas, ni las demás autoridades: 

1o. Coartar en ningún caso por pretesto alguno la libertad del pensamiento, la de la palabra, la de la escritura y la de la imprenta. 

2o. Suspender el derecho de peticiones de palabra o por escrito. 

3o. Prohibir a los ciudadanos o habitantes de la República libres de responsabilidad, la emigración a un país extragero. 

4o. Tomar la propiedad de ninguna persona, ni turbarle en el libre uso de sus bienes, sino en favor del público quando lo exija una grave urgencia legalmente comprobada y garantizandose previamente la justa indemnización. 

5o. Establecer vinculaciones: dar títulos de nobleza; ni pensiones, condecoraciones, o distintivos, que sean hereditarios; ni consentir sean admitidos por ciudadanos de centroamérica los que otras NACIÓN es pudieran concederles. 

6o. Permitir el uso del tormento y los apremios: imponer confiscación de bienes, azotes, y penas crueles. 

7o. Conceder por tiempo ilimitado privilegios exclusivos a compañías de comercio o corporaciones industriales. 

8o. Dar leyes de prescripción, retroactivas, ni que hagan trascendental la infamia. 

Artículo 176. No podrán, sino en caso de tumulto, rebelión o ataque con fuerza armada a las autoridades constituídas: 

1o. Desarmar a ninguna población, ni despojar a persona algun de qualquier clase de armas que tengan en su casa, o de las que lleve licitamente. 

2o. Impedir las reuniones populares que tengan por objeto un placer honesto, o discutir sobre política, y examinar la conducta pública de los funcionarios. 

3o. Dispensar las formalidades sagradas de la ley para allanar la casa de algún ciudadano o habitante, registrar su correspondencia privada, reducirlo a prisión o detenerlo. 4o. Formar comisiones, o tribunales especiales para conocer en determinados 

delitos, o para alguna clase de ciudadanos o habitantes. 

TÍTULO XII 

DEL PODER LEGISLATIVO, DEL CONSEJO REPRESENTATIVO, DEL PODER EXECUTIVO Y DEL JUDICIARIO DE LOS ESTADOS 

SECCIÓN 1 

Del poder legislativo 

Artículo 177. El poder legislativo de cada Estado reside en una Asamblea de representantes elegidos por el pueblo, que no podrán ser menos de once, ni mas de veinte y uno. 

Artículo 178. Corresponde a las primeras legislaturas: formar la constitución particular del Estado conforme a la Constitución federal. Y corresponde a todas: 

1o. Hacer sus leyes, ordenanzas y reglamentos. 

2o. Determinar el gasto de su administración, y decretar los impuestos de todas clases necesarias para llenar este, y el cupo que les corresponde en los gastos generales; mas sin consentimiento del Congreso no podrán imponer contribuciones de entrada y salida en el comercio de los extrangeros, ni en el de los estados entre si. 

3o. Fijar periódicamente la fuerza de línea, si se necesitase en tiempo de paz, con acuerdo del Congreso: crear la cívica; y levantar todas las que les corresponda en tiempo de guerra. 

4o. Erigir los establecimientos, corporaciones o tribunales que se consideren convenientes para el mejor orden en justicia, economía, instrucción pública, y en todos los ramos de administración. 

5o. Admitir por dos terceras partes de votos las renuncias que antes de posesionarse, y por causas graves hagan de sus oficios los Senadores. 

SECCIÓN 2 

Consejo representativo de los Estados 

Artículo 179. Habrá un consejo representativo compuesto de representantes elegidos popularmente en razón de uno por cada sección territorial del Estado, según la división que haga su asamblea. 

Artículo 180. Corresponde al Consejo representativo:
1o. Dar sanción a la ley.
2o. Aconsejar al poder executivo, siempre que sea consultado.
3o. Proponerle para el nombramiento de los primeros funcionarios.
4o. Cuidar de su conducta y declarar quando ha lugar a formarles causa.
SECCIÓN 3
Del poder executivo de los Estados
Artículo 181. El poder executivo reside en un gefe nombrado por el pueblo del 

Estado. 

Artículo 182. Está a su cargo:
1o. Executar la ley y cuidar del orden público.
2o. Nombrar los primeros funcionarios del Estado a propuesta en terna del Consejo, 

y los subalternos a propuesta igual de sus gefes.
3o. Disponer de la fuerza armada del Estado, y usar de ella para su defensa en caso 

de invasión repentina, comunicandolo inmediatamente a la Asamblea o en su receso al Consejo, para que den cuenta al Congreso. 

Artículo 183. En falta del gefe del Estado, hará sus veces un segundo gefe igualmente nombrado por el pueblo. 

Artículo 184. El segundo gefe será presidente del Consejo y solo votará en caso de empate. 

Artículo 185. En falta del presidente lo eligirá el Consejo de entre sus individuos. 

Artículo 186. El segundo gefe no asistirá al Consejo en los mismos casos en que el Vice-presidente de la República debe separarse del Senado. 

Artículo 187. El gefe y segundo gefe del Estado, durarán en sus funciones cuatro años, y podrán sin intervalo alguno ser una vez reelegidos. 

Artículo 188. Responderán al Estado del buen desempeño en el exercicio de sus funciones. 

SECCIÓN 4 

Del poder judiciario de los Estados 

Artículo 189. Habrá una Corte superior de justicia compuesta de jueces elegidos popularmente que se renovarán por períodos. 

Artículo 190. Será el tribunal de última instancia. 

Artículo 191. El orden de procedimientos en las causas contra los representantes en la Asamblea, contra el poder executivo y contra los individuos del Consejo de la Corte Superior de cada Estado, se establecerá en la forma, y bajo las reglas designadas para las autoridades federales. 

TÍTULO XIII 

DISPOSICIONES GENERALES SOBRE LOS ESTADOS 

SECCIÓN ÚNICA 

Artículo 192. Los Estados deben entregarse mutuamente los reos que se reclamaren. 

Artículo 193. Los actos legales y jurídicos de un estado serán reconocidos en todos los demás. 

Artículo 194. En caso de que algún Estado o autoridades constituidas reclamen de otro haber traspasado su Asamblea los límites constitucionales tomará el senado los informes convenientes, y los pasará a dos de los otros estados mas inmediatos para su resolución: si no se conviniere entre sí, o la Asamblea de quien se reclama no se conformare con su juicio, el negocio será llevado al congreso, y su decisión será la terminante. 

Artículo 195. Pueden ser elegidos representantes, senadores, gefes, consejeros e individuos de la corte superior de justicia de cada uno de los estados los ciudadanos habiles de los otros; pero no son obligados a admitir estos oficios. 

TÍTULO XIV 

DE LA FORMACION Y ADMISION DE NUEVOS ESTADOS 

SECCIÓN ÚNICA 

Artículo 196. Podrán formarse e lo sucesivo nuevos Estados y admitirse otros en la federación. 

Artículo 197. No podrán formarse nuevos Estados en el interior de otro Estado. Tampoco podrá formarse por la unión de dos o más Estados, o partes de ellos; si no estuvieren en contacto, y sin el consentimiento de las asambleas respectivas. 

Artículo 198. Todo proyecto le ley sobre formación de nuevo Estado debe ser propuesto al Congreso por la Mayoría de los representantes de los pueblos que hayan de formarlo, y apoyado en los precisos datos de tener una población de cien mil o mas habitantes, y de que el Estado de que se separa queda con igual población y en capacidad de subsistir. 

TÍTULO XV 

DE LAS REFORMAS Y DE LA SANCION DE ESTA CONSTITUCION 

SECCIÓN 1 

De las reformas de la Constitución 

Artículo 199. Para poder discutirse un proyecto en que se reforme o adicione esta Constitución, debe presentarse firmado al menos por seis representantes en el Congreso, o ser propuesto por alguna Asamblea de los Estados. 

Artículo 200. Los proyectos que se presenten en esta forma, sino fueren admitidos a discusión, no podrán volver a proponerse sino hasta el año siguiente. 

Artículo 201. Los que fueren admitidos a discusión, puestos en estado de votarse, necesitan para ser acordados las dos terceras partes de los votos. 

Artículo 202. Acordada la reforma o adición, debe para ser válida y tenida por constitucional, aceptarse por la mayoría absoluta de los Estado con las dos terceras partes de la votación de sus Asambleas. 

Artículo 203. Quando la reforma o adición se versare sobre algun punto que altere en lo esencial la forma de gobierno adoptada, el Congreso después de la aceptación de los Estados, convocará una Asamblea NACIÓN al constituyente para que definitivamente resuelva. 

SECCIÓN 2 

De la sanción 

Artículo 204. Sancionará esta constitución el primer Congreso federal. 

Artículo 205. La Sanción recaerá sobre toda la Constitución y no sobre alguno o algunos artículos. 

Artículo 206. La Sanción será dada nominalmente por la mayoría absoluta, y negada por las dos terceras partes de votos del Congreso. 

Artículo 207. Si no concurriera la mayoría a dar la sanción, ni las dos terceras partes a negarla, se discutirá de nuevo por espacio de ocho días al fin de los quales se votará precisamente. 

Artículo 208. Si de la de segunda votación aun no resultare acuerdo, seran llamados al Congreso los senadores y concurrirán como representantes a resolver sobre la sanción. 

Artículo 209. Incorporados los senadores en el Congreso, se abrirá tercera vez la discusión, que no podrá prolongarse más de quince días; y si después de votarse no resultare la mayoría de los votos para dar la sanción, ni las dos terceras partes para negarle, la Constitución queda sancionada en virtud de este artículo constitucional. 

Artículo 210. Dada la sanción, se publicará con la mayor solemnidad: negada el Congreso convocará sin demora una Asamblea NACIÓN al constituyente. 

Artículo 211. Esta constitución aun antes de sancionarse regirá en toda fuerza y vigor como ley fundamental desde el día de su publicación, mientras otra no fuere sancionada. 

Dada en la ciudad de Guatemala a veinte y dos de noviembre de mil ochocientos veinte y quatro.-4-2. 

FERNANDO ANTONIO DAVILA, Diputado por el Estado de Guatemala, Presidente 

Representantes por el Estado de Costarrica 

José Antonio Alvarado.- Juan de los Santos Madriz.-Luciano Alfaro.-Pablo Alvarado. 

Representantes por el Estado de Nicaragua 

Toribio Arguello.-Francisco Quiñones.-Tomás Muñoz.-Manuel Barberena.-Benito Rosales.-Manuel Mendoza.-Juan Modesto Hernandez.-Filadelfo Benavente. 

Representantes por el Estado de Honduras 

Juan Miguel Fiallos.-Miguel Antonio Pineda.- Juan Estevan Milla.- José Geronimo Zelaya.- José Francisco Zalaya.- Joaquín Lindo.- Pío José Castellón.- Francisco Márques.- Prospero de Herrera.- Francisco Aguirre. 

Representantes por el Estado del Salvador 

José Matías Delgado.- Juan Vicente Villacorta.- Mariano de Beltranena.- Ciriaco Villacorta.- José Ignacio de Marticorena.- Joaquín de Letona.- José Francisco de Córdova.- Isidro Menendes.- Leoncio Dominguez.- Marcelino Menendes.- Pedro José Cuellar.- Mariano Navarrete. 

Representantes por el Estado de Guatemala 

José Barrundia.- Antonio de Rivera.- José Antonio Alcayaga.- Cirilo Flores.- José Antonio Azmitia.- Francisco Flores.- Juan Miguel de Beltranena.- Julian de Castro.- José Simeón Cañas.- José María Aguero.- Luis Barrutia.- José María Herrera.- Eusebio Arzate.- José Ignacio Grijalba.- José Serapio Sanchez. – Miguel Ordóñez.- Mariano Galvez. – Francisco Xavier Valenzuela.- Francisco Carrascal.- Mariano Zenteno.- Antonio Gonzalez.- Basilio Chavarría.- Juan Nepomuceno Fuentes.- José Domingo Estrada. 

JOSÉ ANTONIO DE LARRAVE, Diputado por el Estado de Guatemala, Secretario 

JUAN FRANCISCO DE SOSA, Diputado por el Estado del Salvador, Secretario 

MARIANO DE CORDOVA, Diputado por el Estado de Guatemala, Secretario 

JOSÉ BETETA,
Diputado por el Estado de Guatemala, Secretario 

Palacio NACIÓN al del Supremo Poder Executivo de la República Federal de Centro América, en Guatemala, a 22 de noviembre de 1824.- Execútese.- Firmado de nuestro mano, sellado con el sello de la República y refrendado por el Secretario interior de Estado y del Despacho de Relaciones.- José Manuel de la Cerda.- Tomás O-Horán.- José del Valle.- El Secretario de Estado, Manuel J. Ibarra. 

DR © 2005. Universidad NACIÓN al Autónoma de México – Instituto de Investigaciones Jurídicas 

Esta obra forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM http://www.juridicas.unam.mx https://biblio.juridicas.unam.mx/bjv Libro completo en: https://goo.gl/qCDKzp

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8 de marzo de 2023. Anarella Vélez.

marzo 23, 2023 at 5:25 pm (Uncategorized)

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Berta Cáceres por Rigoberto Paredes.

Desde hace más de 100 años el 8 de marzo se conmemora el día internacional de la mujer en la mayoría de las naciones.  Desde entonces en esta fecha se busca reivindicar a todas las mujeres, en sus luchas por lograr la igualdad completa de derechos.  Este es el día en que se celebran los derechos conquistados por las mujeres en todos los espacios, conmemoramos la larga historia de debates y contiendas que hemos vivido para conseguirlos.

A finales del siglo XIX surgió la idea de celebrar el día internacional de la mujer,  sin embargo,  un punto de inflexión se da  en marzo de 1857, en el seno de la revolución industrial, las y los trabajadores de una fábrica textil de New York salieron a la calle a protestar en masa por la duras condiciones de trabajo, la precariedad era sufrida especialmente por las mujeres del sector cuyos salarios podían llegar a ser menores a la mitad que los salarios de los hombres  por el sólo hecho de ser mujeres. 

Otro acontecimiento considerado un parte aguas en nuestra historia ocurrió en 1907, entonces  tuvo lugar la primera conferencia internacional de Mujeres Socialistas en Stuttgart, Alemania, cuya lideresa más importante fue Clara Zetkin, ahí se fundó la Internacional Socialista de Mujeres cuyo objetivo más importante era alcanzar el sufragio femenino.

Otro hecho impactante, aunque no el único, ocurrió el 25 de marzo de 1911 cuando unas 149 personas, en su mayoría mujeres,  murieron en el incendio de la fábrica Triangle Shirtwaist de Nueva York,  tres años antes había sucedido un incendio similar.  Estos acaecimientos generaron formidables móvil movilizaciones. Para apoyar a la huelga de las trabajadoras textiles de 1908, en el año de 1909 una organización de las mujeres socialistas celebró en Estados Unidos el primer día internacional de la mujer,  aunque  se convocó solo en dos ciudades,  en Nueva York y Chicago,  se cree que unas 15,000 mujeres participaron en aquella marcha que recorrió la ciudad de New York.

En 1910 tuvo lugar el segundo encuentro de la Internacional Socialista de Mujeres en Copenhague, Dinamarca, es en esta fecha en que se propuso fijar el día 8 de marzo para reivindicar los derechos de todas las mujeres y particularmente el derecho al voto. En 1910 se celebra por primera vez como día internacional de la mujer. 

En Honduras Visitación Padilla es,  sin lugar a dudas, una de las mujeres de mayor protagonismo político y social en la primera mitad del siglo XX de nuestro país. Nació en Talanga, departamento de Francisco Morazán, el 2 de julio de 1882, en plena Reforma Liberal.  Se educó bajo el cuidado de Guadalupe Reyes, conocida y sobresaliente maestra en su tiempo, declarada seguidora del pensamiento y obra de Ramón Rosa, lo que propició su formación intelectual y política para desenvolverse con propiedad  en el  ambiente de las/os  escritoras/es de su tiempo.

Conoció a las/os pensadoras/es latinoamericanos y del mundo de entonces. Este es el caso del escritor, diplomático y político socialista argentino Manuel Ugarte, cuyo pensamiento signó la visión del mundo de  Visitación, y  gracias a la obra divulgadora de Ugarte, las  corrientes del  pensamiento más crítico de principios del siglo XX circularon por  los diversos ámbitos de América Latina.

Es evidente que Choncita Padilla conocía las iniciativas de la Internacional Socialista de Mujeres. Su inteligencia, ánimo y capacidad la convirtieron en una de las principales dirigentes de los movimientos sociales de su época en contra de los regímenes dictatoriales y sus agentes. Tenaz lectora, y extraorndinaria escritora, alentó con sus escritos la lucha por el derecho a la libertad, en sus escritos citó al teórico alemán socialista, Augusto Bebel , particulaarmente su obra La mujer y el socialismo, y a Federico Engels, El origen de la familia, la propiedad privada y el estado, textos fundamentales del pensamiento marxista y feminista. Como miembra fundadora de la Asociacion de cultura femenina, junto a Graciela Amaya, conmemoran y celebran el 8 de marzo desde la década de los 20. 

En la actualidad durante esta jornada nos organizamos participamos en marchas manifestaciones y eventos de todo tipo en todo el mundo para denunciar que aún hoy queda mucho camino por recorrer hasta alcanzar la deseada igualdad real entre hombres y mujeres de muchos datos nos confirman justamente que en muchos países nacer mujer es un riesgo, no es casual que en estas manifestaciones las proclamas más escuchadas de protesta son aquellas aquellas que reclaman la equidad laboral y salarial igualitaria en los puestos políticos y empresariales de relevancia pero además rechazamos la violencia de género así como que más mujeres participen en política para detener la violencia contra las mujeres de mandamos en definitiva el empoderamiento completo de las mujeres este es el siglo XXI y lo de las mujeres pero hoy además es el día de las mujeres hoy reivindicamos el lugar de las mujeres en la sociedad. Este marzo también es el mes de nuestra hermana Berta Cáceres, quien hizo suyas las reivindicaciones de las las mujeres.

Cómo ven hay multiplicidad de factores que contribuyeron a fijar en nuestro calendario el 8 de marzo como nuestro día internacional lo que es importante es entender que este día es un día de lucha para todas y que este es producto del esfuerzo que durante décadas hemos venido luchando por nuestros derechos y por los derechos de las generaciones venideras desde la Secretaría de las culturas las artes y los patrimonios de los pueblos de Honduras, como parte del gobierno de la primera mujer presidenta de Honduras, Xiomara Castro, las  saludamos y reiteramos nuestro compromiso con las causas por las que luchamos las mujeres, que tengan un gran 8 de marzo, combativo y festivo. Les esperamos en el TMB a las 7 pm

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La candidatura de Xiomara Castro ¿Qué representa?

octubre 5, 2021 at 8:02 pm (Uncategorized) ()

Anarella Vélez

Xiomara Castro

Ante la urgente necesidad de refundar el Estado nuestra candidata a la presidencia de la república se propone revisar en su Plan de Gobierno la situación de la naturaleza, la sociedad y la historia misma como condición imprescindible para alcanza la paz.

Sin duda alguna, tenemos conciencia plena de las dificultades por las que pasa el mundo, generadas por un modelo de globalización económica depredador, el cual se halla en su etapa de declive irreversible. La crisis del sistema capitalista se mide en cifras: el 70% de nuestro pueblo vive en la pobreza, sin alimentos, sin posibilidades de pagar el agua, la luz, el transporte, las medicinas, etc.

Mientras este sistema beneficia a la élite nacional y extranjera que derrocha los recursos del Estado, la ciudadanía ha perdido sus medios de sobrevivencia, cientos de empresas y miles de emprendimientos familiares quiebran y millones de mujeres y hombres se encuentran sin ninguna opción y por ello emigran, excluidas y excluidos por el modelo neoliberal que les estrangula y segrega.

La agresión sistemática a nuestra madre Naturaleza está generando sequía, huracanes, epidemias, calentamiento, catástrofes que proliferan y castigan a la humanidad. En este escenario, a Honduras la han convertido en uno de los países más vulnerables como efecto del cambio climático.

El Golpe de Estado del 2009 condujo a la imposición de un Estado autoritario, originó una degradación acelerada de la frágil democracia y de las débiles instituciones republicanas; destruyó el estado de derecho; la imposición de leyes diseñadas para que funciones el gobierno ilegitimo y la creación del consejo de seguridad. El poder Ejecutivo subordinó a los poderes paritarios e independientes del Estado que deben equilibrarlo y devino dictadura; la corrupción generalizada se propagó en todas las instituciones de gobierno, en el Instituto Hondureño del Seguro Social (IHSS). Se sucedieron el tercer fraude del 2017, apoyado por el imperio, el ejército y demás aliados; el abuso de los bienes comunes, el extractivismo; el descontrol de los factores ambientales, la deforestación y la contaminación; saqueo de las instituciones de Previsión social como el INPREMA; Presos políticos por la defensa de los DDHH de nuestro pueblo; el genocidio del pueblo Garífuna que lucha contra las ZEDE’s.

Ante este panorama caótico nuestro partido aprueba en Asamblea Nacional Extraordinaria “La Alianza del Pueblo es Xiomara Presidenta”, celebrada el 28 de junio del año 2021, que Libre ratifica su compromiso con los derechos humanos de nuestro pueblo y particularmente de las mujeres al incluir en nuestro documento fundacional la propuesta politica y filosófica feminista para proteger la  naturaleza y  la sociedad misma.

Por estas razones la candidatura de Xiomara Castro representa, por medio de su Plan de Gobierno,  la solución  real y  plausible a los problemas de nuestro tiempo.

#XiomaraPresidenta

#HastaLaVictoriaSiempre

#Venceremos

Bicentenarias

Bicentenarias, atemporales mujeres

no olvidamos sus nombres vibrantes

          Josefa Lastiri

Lucila Gamero

Visitación Padilla

Teresa Fortín

Clementina Suárez

todas son luz en el camino

gloria de la Matria

humanas poderosas

celaje dorado y nublado a la vez

llegan a nosotras

con sus manos, serenas al alba

o encolerizadas

erigen la independencia verdadera

son fuego que moldea nuestro andar

cuerpo, sangre y semilla

son estación del viaje

ahí se configuran,

a orillas del nuevo tiempo

los rostros de Rina Turcios

Mercedes Agurcia

Jeaneth Kawas

Berta Cáceres

raíz y fruto eterno

forjan la memoria, el canto

de hermanas en el laberinto

de la historia.

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1. Anarella Vélez Osejo, notas para una biografía

julio 14, 2021 at 7:56 pm (Uncategorized)

Anarella Vélez 3

Nació en  Honduras. Historiadora,  ensayista y promotora cultural. Realizó sus  estudios en Historia  en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras, en la Universidad de La Plata, Argentina y en la Universidad Autónoma de Barcelona.  Perteneció a los grupos literarios: Paíspoesible, La coperacha, Las de Hoy, Colectivo LetraEle y Taller de poesía Alicanto, Colectivo Coquimbo. Co-fundadora del  proyecto editorial Ediciones Librería Paradiso. Colaboradora en las revistas Alcaraván, Galatea, Paradiso, Paraninfo, Imaginaria, Nostos, Lastiri, Revista Científica de la UNAH, Coquimbo,  entre otras. Columnista de Diario Tiempo; Miembra del Consejo de Asesores y Consultores del Diccionario Enciclopédico Escolar y de la Enciclopedia Básica de Honduras.

Docente universitaria en las cátedras de Historia de Honduras, Historia del Movimiento obrero de Honduras; Historia del Arte; Teoría de la Historia, Estudios de la Mujer y Métodos de Investigación histórica.

Ha sido miembra fundadora del Instituto de las Ciencias del Hombre Rafael Heliodoro Valle; Directora Académica del CEDAC;  Coordinadora de la Carrera de Historia; Coordinadora del Centro de Documentación de la Carrera de Historia;  Actualmente se desempeña como Directora de Paradiso, Librería-Café-Galería, Directora de Ediciones Librería Paradiso y como docente en la Universidad Nacional Autónoma de Honduras.

Es miembra de La Asociación Nacional de escritora de Honduras, ANDEH; Miembra de la Asamblea del  Comité por la Libre Expresión C-Libre; Miembra del Sindicato de Trabajadores de la UNAH; Miembra de la Asociación de Docentes de la UNAH; Miembra del Centro de Investigación para la Prevención de la Violencia, CIPREVI; Miembra de Feministas en Resistencia, FER; miembra fundadora del Partido Libertad y Refundación; Secretaria de cultura del Partido Libre, 2021; Miembra de la Asamblea del Centro de Estudios de la Mujer-Honduras, CEM-H  y Presidenta de la JD de CEM-H 2020/2022; Titular de la Secretaria de Cultura del Partido Libre 2021-2025

Ha participado con ponencias relativas al tema de la historia de las mujeres en diferentes congresos de Historia y Sociología, en Costa Rica, Guatemala, Nicaragua, El Salvador, México y Perú. Premio A Cuatro Voces de la ANDEH, 2011.

Publicaciones:  Todas las voces,  2013; Iluminadas, 2016; Columna de fuego, 2018; Once de Noviembre, 2021;  Compiladora de Sihuatán, antología de cuentistas hondureñas, 2014; compiladora de Las de Hoy, Selección de Poesía, 2014;  compiladora de Por la gracia del verso, escritos por y para el poeta Rigoberto Paredes, 2015; compiladora de la Antología de narradoras hondureñas,  2016; compiladora de Xúnan Kab poetas hondureñas del Siglo XXI Antología, 2019 . Sus poemas están incluidos en  Honduras:  Golpe y Pluma,  Antología de poesía resistente escrita por mujeres (2009-2013), preparada por Lety Elvir; en Voces de la ANDEH, antología de poesía preparada por Elisa Logan, 2014; Las de Hoy, Selección de Poesía, 2014, antología del movimiento poético Las de Hoy; Women´s poems of Protest and Resistance Honduras (2009-2014); Despierta Humanidad antología de poesía internacional en homenaje a Berta Cáceres, 2017, antología preparada por el Colectivo Coquimbo; Antología Resistencia de Pen Internacional, 2020;  Xúnan Kab poetas hondureñas del Siglo XXI Antología, 2019. Su narrativa se ha recogido en la Antología de narradoras hondureñas,  2016 y en Tierra Breve, antología centroamericana de minificción, 2018.  Su poesía se encuentra traducida íntegramente al inglés.

Participó en el Festival Internacional de Poesía en Tierra Náhuat Pipil, El Salvador, 2014. Participó en el Encuentro Internacional de Poesía, Venezuela, 2020; Ha participado en varios encuentros internacionales virtuales en 2021; Presidenta de la Asociación Nacional De Escritoras – Honduras, ANDEH, 2014-2016. Presidenta de la Junta Directiva del CEM-H, 2021.

Fundadora y moderadora de los Blogs:

www.paradisoblog.wordpress.com;

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Síntesis de la Historia de Honduras aborigen, en los tiempos previos a la conquista española. Anarella Vélez

octubre 1, 2020 at 4:21 am (Uncategorized)

 

"Obrera"Ilustración de Rigoberto Andrés Paredes Vélez, 2018

Honduras: Mujeres al margen de su historia

Síntesis de la Historia de Honduras aborigen, en los tiempos previos a la conquista española.

Anarella Vélez

 

Capítulos

  1. Introducción
  2. Del paleolítico al neolítico, la caída del matriarcado / ascenso del patriarcado (11500 a. de n.e. / 2600 a. de n.e.)
  • Formativo o preclásico: La época del surgimiento de Las culturas madres mesoamericanas (2600 a 400 a. de n. e.)
  1. Clásico (400 a. de n. e. al 900 de n. e.)
  2. Post Clásico (900 al. 1500 de n.

 

  1. Introducción

En Nuestra Honduras urge explorar en las raíces de nuestra historia el papel de las mujeres y hombres de nuestro pueblo, los  que verdaderamente han forjado lo que de aquí en adelante redefiniremos como  la verdadera Historia de Honduras. Es necesario reflexionar acerca de los procesos  que condicionaron a  nuestras y nuestros ancestros con la finalidad de asumir ciertos roles en dicho proceso, resaltado las circunstancias que han negado e in-visibilizado las condiciones  para que “les marginades” asuman la genealogía del  pensamiento que subyace a su ser, lo cual explica sus propias acciones.

Es necesario señalar que la historia es la ciencia que estudia el pasado de la humanidad para entender el presente y prever y a la vez transformar el futuro. Este concepto nos aporta una visión diferente del pasado ya que, por más alejados que estén cronológicamente los sucesos a investigar, la historia está siempre alude a realidad, a las necesidades y la situación del presente de quién la construye dentro de un ambiente social particular.

  1. La época Pre Colonial: Del paleolítico al neolítico, la caída del matriarcado / ascenso del patriarcado (11500 a. de n.e. / 2600 a. de n.e.)

La historia de este período es relevante por que sin su conocimiento no es posible forjar identidad, la conciencia compartida por las y los miembros de nuestro pueblo respecto a su integración y pertenencia a una comunidad social específica, que posee un marco de referencia territorial y temporal, que se fragua a sí misma en un ambiente social y unas circunstancias históricas. Sin identidad no podemos potenciar la edificación de un Estado que responda a los intereses de nuestro pueblo

Las mujeres y los hombres americanos del período paleolítico y neolítico no son autóctonos. Los restos óseos de las y los  seres humanos encontrados que datan de esa época pertenecen a la mujer/hombre actual. América comenzó a poblarse cuando hacía miles de años que existía la humanidad en África, Asia y Europa.

La deidad suprema de ese tiempo era la tierra y se la asumía con forma de mujer dadora de vida, ellas guardaban en su cuerpo tanto el misterio como la sabiduría del nacimiento, por ello las madres también tenían el rol de dirigir el rumbo de su sociedad. Esa posición le permite ser autora de múltiples e importantes invenciones culturales. Su papel es el de maestra-nana, curandera, sacerdotisa. Esto define a la sociedad matriarcal en el paleoindio.

Hacia los años 6000 antes del presente surgen las primeras sociedades agrícolas sedentarias, los grupos de mujeres y hombres dejan de ser recolectores-cazadores-nómadas y se transforman en sedentarios que cultivan la tierra y domestican animales.

Los profundos cambios que se dan en la economía productiva posibilitan el crecimiento de las poblaciones lo que da lugar a la “revolución urbana” hacia el 2600 a. de n.e.

Se consolida la cultura del maíz y otras hortalizas, que con el tiempo llegan a producir excedente que se almacena para los tiempos en los que haga falta. Para garantizar la suficiente siembra para la satisfacción del grupo se inició la lucha por los territorios y surgió la propiedad sobre la tierra con lo que se puso fin a las relaciones sociales igualitarias pues hasta entonces las propiedades eran escasas y no definían diferencias de clase, las cuales surgen poco tiempo después y lo extienden a las mujeres.

También durante estos milenios se da un cambio dramático para la vida de las mujeres, el Patriarcado se impone sobre el Matriarcado. A partir de entonces se consolida el ejercicio de múltiples opresiones y exclusiones que han impedido el crecimiento pleno de ellas.

«Oro» Ilustración de Rigoberto Andrés Paredes Vélez, 2018

III: Formativo o preclásico: La época del surgimiento de Las culturas madres mesoamericanas (2600 a 400 a. de n. e.)

Las sociedades indígenas evolucionaron, al igual que el resto de las sociedades antiguas, desde comunidades primitivas de cazadoras/res a comunidades de agricultoras/res. El punto máximo de esta evolución fue la constitución de un Estado Antiguo tributario, en esta organización sobresale la cultura Maya.

La escritura maya data del 150 a. de n.e. por lo que a partir de este momento es posible narrar con mayor certeza los acontecimientos del pasado de nuestras y nuestros ancestros mayas, aunque el período histórico de nuestras culturas aborígenes americanas abarca desde, más o menos, 11,500  años antes de nuestra era, época en la que se calcula ya han ingresado bandas de cazadores por el estrecho de Bering

Posteriormente al año 400 a.C., los mayas comienzan a erigirse como una gran cultura y influyen en los centros periféricos principalmente en los sitios de la Costa Norte. El área maya es una de las más amplias de Mesoamérica.

  1. El Periodo Clásico (400 de n.e. / 900 de n.e.) en Honduras las mujeres y hombres Mayas llegan a su florecimiento, teniendo en Copán el sitio por excelencia como representativo de este. Se constituye el Estado Tributario. Los mayas nos legaron su mito de origen, su versión mitológica acerca de cómo apareció la vida humana en nuestro continente.

En esta época fue fundado el gran centro urbano maya de Copán, probablemente hacia 317 de n.e. aunque los primeros registros datan del gobierno de K´inich Yax K´uk Mo´ (426-427), quien es el fundador de la dinastía que gobernó la ciudad durante casi 400 años. A K´inich Yax K´uk Mo´, Resplandeciente, el primero, Quetzal Guacamaya, es representado en las estelas como un guerrero de origen extranjero, por lo que se supone que conquistó la ciudad o dio un golpe de estado. Bajo su gobierno se inicia la construcción de la ciudad al estilo maya-teotihuacano, originalmente bajo el vasallaje de Quiriguá. Sus descendientes enaltecieron su nombre en los siguientes cuatro siglos y le enaltecieron.

Copán es una obra maestra por la riqueza de sus esculturas en piedra y por la belleza y complejidad de sus jeroglíficos. En su época de mayor esplendor –hacia el  siglo VIII—llegó a ser habitada por unas 25.000 personas. Uno de sus gobernantes más sobresalientes fue Uaxaclajuun Ub’aah K’awiil, su décimo tercer gobernante, popularmente conocido como 18 Conejo. Gobernó a partir del 2 de enero del 695 de n.e., y entronizó a  K’ak  Chan Yopaat como gobernante de Quiriguá en el 724.  El mito de origen en el Popol Vuh nos permite comprender la naturaleza del mundo y el papel de las mujeres y los hombres en él. En esta ciudad resplandecieron las artes, la ciencia y esto fue posible gracias al desarrollo económico alcanzado por nuestros ancestros.

  1. Post Clásico (900 al. 1500 de n. e.)

Los mayas de Copán habían huido de sus territorios ancestrales, los creadores de una de las ciudades mesoamericanas más extraordinaria, que fue diferente del resto de los pueblos mesoamericanos.

En el post clásico La evolución cultural de los mayas son comunes al resto de Mesoamérica, como el uso de dos calendarios, la numeración vigesimal, el cultivo de maíz, los sacrificios humanos y ciertos mitos como el Quinto Sol, o cultos, como del de la Serpiente Emplumada y la deidad de la lluvia, que en maya se llama Chaac.

A la llegada de los españoles, con la conquista y la colonización ocurrió el más grande epistemicidio de nuestra era. Nuestro Mito de origen es sustituido por el cristianismo.

 

 

Fuentes

Bibliografía para el capítulo I acerca del paleolítico

Brézillon, Michel (1969). Dictionnaire de la Préhistoire. París: Librairie Larousse. ISBN 2-03-075437-4.

Burillo, Francisco (coordinador) (1994). Arqueología espacial. Tomo 2. Estudio diacrónico y Paleolítico. Teruel: Colegio Universitario. ISBN 84-600-3657-X para toda la obra; ISBN 978-84-600-3657-9 para el tomo 2.

Cobián, Dora Luz El papel de la mujer en la Historia Maya Quiché, según el Popol Vúh.

En línea: 39563-1-136981-1-10-20160402.pdf

Chaline, Jean (1982). El Cuaternario. La historia humana y su entorno. Madrid: Akal Editor. ISBN 84-7339-624-3.

Gómez-Tabanera, J. M. (1988). Las Culturas Africanas. Madrid: Historia 16. ISBN 84-7679-101-1.

González Echegaray, Joaquín y Freeman, Leslie G. (1998). Le Paléolithique inférieur et moyen en Espagne. Aubenas d’Ardèche: Imprimerie Lienhart. ISBN X640721183.

Grageb, Abdelrrazak y Mtimet, Alí (1989). La Préhistoire en Tunisie et au Magreb. Túnez: Les Guides Alif. ISBN 9973-716-10-8.

Inizan, Marie-Louise; Reduron, Michèle; Roche, Hélène; Tixier, Jacques (1995). Technologie de la pierre taillée. Meudon: CREP. ISBN 2-903516-04-9.

Leroi-Gourhan, Adré (1980). La Prehistoria. Barcelona: Editorial Labor. ISBN 84-335-9309-9.

Querol, M. A. (2000): el lenguaje utilizado en el tema del origen de la humanidad: una visión feminista. Primeras Jornadas Internacionales sobre Roles Sexuales y de Género. Mujer, ideología y población, Madrid: 221-238.

Querol, M. A. EL PAPEL ASIGNADO A LAS MUJERES EN LOS RELATOS SOBRE LOS ORÍGENES HUMANOS. PDF

Fuentes para el período Neolítico

Escoriza Mateu, Trinidad (2002). Mujeres, arqueología y violencia patriarcal. Actas del Congreso Interdisciplinar sobre Violencia de Género. M.T. López Beltrán et al. (eds), Violencia y Género, Diputación Provincial de Málaga, Málaga 2002, tomo I: 59-74

Ginn, Jay (2010). Gender Relations in the Earliest Societies Patriarchal or not?. Lecture at South Place Ethical Society. Conway Hall. 2010

Lerner, Gerda (1990). La creación del patriarcado. Barcelona, 1990. Editorial Crítica

Patou-Mathis, Marylene (2015). El ser humano no ha hecho siempre la guerra. Desmontar el mito de una prehistoria salvaje. Le Monde diplomatique, junio 2015.

Querol, R. (2015). No pregunten a Darwin. Tres teorías sobre el origen del machismo. Diario El País,  13 de marzo

Romero, Antonio y  J. Carlos Díez (2015). Los ancestros de Caín. La violencia en las sociedades del paleolítico. Arkeogazte no. 5, 51-70

Fuentes para el período Preclásico

Haug, G. H., Günther, D., Peterson, L. C., Sigman, D. M., Hughen, K. A., & Aeschlimann, B. (2003). Climate and the collapse of Maya civilization. Science, 299(5613), 1731-1735.

Haywood, J., Catchpole, B., Hall, S., & Barratt, E. (1999). ” Atlas” histórico universal. Plaza & Janés.

Martínez, M. D. C. R., Ceballos, P. O., Coe, M. D., Diehl, R. A., Houston, S. D., Taube, K. A., & Calderón, A. D. (2006). Oldest writing in the New World. Science, 313(5793), 1610-1614.

Oliphant, M. (1992). The atlas of the ancient world: charting the great civilizations of the past. Simon and Schuster.

Rodríguez-Shadoe (Coord.),  Las mujeres en Mesoamérica prehispánica, Toluca, Universidad Autónoma del Estado de México, 2017

Fuentes para el período Clásico

Martin, Simon; Grube, Nikolai (2000): Chronicle of the Maya Kings and Queens: Deciphering the Dynasties of the Ancient Mayas. Londres y Nueva York: Thames and Hudson, 2000.

Miller, Mary Ellen (1999): Maya Art and Architecture. Londres y Nueva York: Thames and Hudson, 1999.

Morley, Sylvanus G. (1961): La civilización maya. México: Fondo de Cultura Económica, 4.ª edición en español, 1961.

Schuster, Angela M. H. (1998): «Copán Tomb Looted» (tumba de Copán robada), artículo en inglés publicado en la revista Archaeology Magazine, 51, pág. 3, Archaeological Institute of America (Instituto Arqueológico de Estados Unidos), mayo-junio de 1998.

Sharer, Robert; Loa, J.; Traxler, P. (2006): The Ancient Maya. Stanford (California): Stanford University Press, 6.ª edición revisada, 2006.

Viel, René; Hall, Jay (2002): El paisaje natural y cultural del valle de Copán (editado por J. P. Laporte, H. Escobedo y B. Arroyo), publicado en el XV Simposio de Investigaciones Arqueológicas en Guatemala, págs. 872-877. Museo Nacional de Arqueología y Etnología de Guatemala, 2001.

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Josefa Lastiri Lozano. Anarella Vélez

septiembre 21, 2020 at 8:59 am (Uncategorized)

 

 

                      Morazán y Lastiri por Rigoberto Andrés Paredes Vélez, 2016

 

María Josefa Lastiri Lozano

Anarella Vélez

Apenas ha habido una sola guerra que no haya contado con participación femenina STIEG LARSSON

Al estudiar la vida de Josefa Lastiri nos encontramos con   el típico  ocultamiento político e historiográfico del papel de la mujer. Sin embargo,  la problemática  femenina  exige que se  la visibilice y hoy en día encontramos un cambio en el discurso historiográfico. Sin duda Josefa forma parte de un grupo de mujeres que fueron indispensables para el éxito de las gestas emancipadoras pero fueron invisibilizadas, minimizadas,  olvidadas, a pesar de que sacudieron los cimientos del sistema colonial.

Ellas participaron en todo el proceso de independencia, de integración regional, en las guerras, agregadas a los ejércitos, en la retaguardia, en la logística (las soldaderas) y hasta como combatientes, sin embargo han sido olvidadas. Debo remarcar que las historiadoras feministas creemos  que al considerar  la dinámica histórica  se debe reconocer la importancia de todos los actores sociales en el acontecer histórico.

Entendemos que es urgente revalorizar historiográficamente el papel femenino en el escenario de la vida cotidiana y  tener presente la cotidianeidad está en el centro del acontecer histórico. Es necesario señalar que el conocimiento del proceso de emancipación y de integración latinoamericana no debe partir exclusivamente del análisis de los casos excepcionales, de las heroínas. Josefa Lastiri Lozano, esta desconocida mujer hondureña, nació en la Villa San Miguel de Tegucigalpa de Heredia, hoy capital de la República de Honduras, el 20 de octubre de 1792. Fue hija de Juan Miguel Lastiri, comerciante español y Margarita Lozano y Borjas, natural de la entonces Intendencia de Comayagua.

Fue bautizada con el nombre de María Josefa Ursula Francisca de la Santísima Trinidad, en la iglesia parroquial de San Miguel de Tegucigalpa, el 22 del mismo mes, por el Cura Vicario Juez Eclesiástico de ese beneficio, Juan Francisco Márquez[1]. Su nombre nos recuerda a las magnas mujeres españolas de ese tiempo: Doña Josefa Amar y Borbón, pedagoga y escritora de la ilustración española, a Doña Josefa Zúniga y Castro, fundadora de la Academia del Buen Gusto durante el reinado de Fernando VI. También a Santa Ursula, hija mártir de un rey de Bretaña insular, enviada al continente para casar con un príncipe pagano. Para entonces, la villa de Tegucigalpa  era el lugar más poblado y floreciente de la provincia de Comayagua.

La ciudad de origen minero se convirtió en una populosa urbe con ayuntamiento, parroquia, dos conventos, dos ermitas y era la cabecera del partido de su nombre. Competía abiertamente con la ciudad de Nueva Valladolid de Comayagua,  capital de la provincia y residencia del Intendente y sede episcopal. A Josefa le tocó crecer   en esos años en los que en la región centroamericana arraigaba la noción de la emancipación, cuyos antecedentes inmediatos los encontramos en el levantamiento de 1811  en la ciudad de San Salvador. El 13 de diciembre de 1811 el pueblo de León, Nicaragua,  encabezado por el fraile guatemalteco  Benito Miguelena se levantó contra las autoridades españolas.  El 22 de diciembre, en Granada se reunieron en Cabildo Abierto, y se levantaron contra el orden colonial. El primero de enero de 1812, cuando Josefa  contaba con  20 años de edad,  los pobladores de Tegucigalpa se opusieron a la decisión de los residentes españoles  y autoridades de Tegucigalpa dispusieron que las alcaldías sólo fueran desempeñadas por peninsulares.

Los sublevados consiguieron que en el Ayuntamiento  quedara conformado exclusivamente  por criollos. Otro hecho histórico que signaría la vida de los pobladores de la Tegucigalpa  fue la jura de la nueva Constitución el 24 de septiembre de 1812. En ella  se establecía la equidad entre criollos y peninsulares. También el nuevo texto constitucional proclamaba la representación nacional en forma colectiva.  Creaba los municipios, electos en comicios populares; implantaba la Diputación Provincial para inspección de la Administración económica; disponía la apertura de escuelas en todas las poblaciones y en ellas debía darse a conocer la nueva  Constitución. El nuevo texto constitucional consagraba la libertad de pensamiento.

Para entonces José Bonaparte reinaba en España, nombrado por Napoleón Bonaparte. Durante todo el año de 1813 en la Villa se vivieron acontecimientos que conmovieron los valores establecidos por el imperio colonial, particularmente la ruptura entre el ayuntamiento con las autoridades civiles y eclesiásticas. Los separatistas de Tegucigalpa decidieron seguir  el modelo de la sublevación  salvadoreña, es decir,  derrocar a las autoridades constituidas, apoderarse de las armas y dinero guardado en la Plaza de Armas y en la Caja Real. Alcanzados estos objetivos pasar a liberar a los prisioneros, proclamar la independencia y devolver a España a los altos administradores peninsulares.

Un nuevo levantamiento ocurrió en San Salvador, el 24 de enero de 1814, el cual estuvo encabezado por el Sacerdote Dr. Matías Delgado.  Esta experiencia caló las conciencias de las/os jóvenes y preparó la independencia de 1821. La información sobre estos hechos circulaba gracias a La Gaceta de Guatemala, periódico que divulgaba los problemas nacionales y entre líneas se leía que el bálsamo para curar males generados por el sistema colonial era la emancipación de la región.

La vida cotidiana durante el período  colonial era de tal naturaleza que un espíritu sensible como el de Josefa  no podría dejar de cuestionarlo. Su nacimiento  en el seno de una familia de considerables recursos económicos, los Lastiri-Lozano, explica la esmerada educación recibida por Josefita y sus hermanas: Petrona, Lucía y Dolores. De ellas se dice que heredaron la belleza criolla de Doña Margarita. Ellas también contrajeron matrimonio con figuras célebres de la historia centroamericana. Petrona se casó con el coronel Don Remigio Díaz, héroe de la batalla de la Trinidad; Lucía con Don José Santos del Valle, quien ejerció interinamente la Jefatura del Estado de Honduras; y Dolores con Don Diego Vigil y Cocaña, último Vicepresidente de la República Federal.

Cuando señalamos la especificidad de la enseñanza femenina es importante establecer la diferencia entre  lo que entendemos hoy día como lo que debe ser una enseñanza «completa»  o integradora y compararla con aquella concepción propia de finales del siglo XVIII e inicios del  XIX : los distintos planes de instrucción, la sociedad en general y la mayor parte del profesorado, femenino o no, admitían sin mayores problemas que la instrucción dirigida a la mujer debería incidir sobre todo en aquellos aspectos considerados «propios» de ellas, reduciendo éstos a la Religión –compuesta de varias asignaturas- y a las actividades relacionados con el hogar, como costura, labores o semejantes. Se trataba, por tanto, de una enseñanza limitada, distinta a la masculina y con enormes carencias. La formación recibida en el seno del hogar modeló su carácter y la convirtió en una distinguida joven,  en una mujer de carácter que frecuentaba los salones de la ciudad de Tegucigalpa. En 1818, Josefita  contrajo  matrimonio con un acaudalado joven de su misma edad, Don Esteban Travieso y Rivera, nacido el 2 de septiembre de 1792. Tras la boda, los Travieso Lastiri establecieron su residencia en la ciudad de Comayagua. De ese matrimonio nacieron cuatro hijos: Ramona, Tomasa, Paulina y Esteban Travieso y Lastiri.

Don Esteban falleció en Tegucigalpa el 27 de febrero de 1825, Josefa contaba con 32 años de edad. Heredó a su familia un considerable patrimonio,  en el que figuraba la hacienda de Jupuara o Rancho Chiquito. Convertida en una acaudalada hacendada de la jurisdicción de Lamaní, al sureste de Comayagua, la joven viuda, hermosa y rica, no tardó en cautivar a muchos comayagüenses. Un anónimo admirador le dedicó el siguiente acróstico:

“A otros días más claros que el presente, Jamás precedió Febo luminoso Ostentando mejor su brillo hermoso Sobre la rubia niebla del Oriente En el cenit suspenso y reverente, Fija su carro y queda silencioso, Admirando en tu rostro candoroso, Las gracias y virtud más inocente. Así, yo quedo absorto al contemplarte, Sin que pueda mi labio confundido Tanto afecto explicar al saludarte, I, únicamente (al alma cielo pido), Repita en ti la dicha con que al crearte, Infinito brindaba complacido.”[2]

Transcurridos varios meses después de la muerte de Don Esteban Travieso,  Doña María Josefa empezó a relacionarse con Don José Francisco Morazán Quesada, a quien conoció en 1821, cuando éste fue apresado por razones políticas,   encarcelado en Comayagua tras  las diligencias de Esteban Travieso es liberado. Entonces fue invitado por Travieso a su hacienda de Jupuara, en donde conoció a María Josefa. Francisco fue hijo primogénito de Eusebio Morazán y Alemán  y de Guadalupe Quesada y Borjas, nacido el 3 de octubre de 1792,  cuyas características físicas e intelectuales están bien descritas por Mejía Nieto: “…era de natural bondadoso, su inteligencia… despejada a; su catadura física en general, de fino porte. Estaba, pues dotado de buenos rasgos por la naturaleza. Ayudaba a sus padres en el cuidado de sus hermanitos menores.

El jefe de  la familia se  en dedicaba en general a proporcionar la subsistencia y en particular ideas morales a sus hijos. Esta cualidad industrial fue inherente y orgánica en la familia de los Morazán. Se retiraban a dormir temprano como cuadra a géneros de vida impuestos por los españoles de poca licencia y mucho rigor de costumbres. En esta hosca monotonía colonial, como flor sin sol, despunta la vivacidad de Francisco. Su energía echa raíces hacia adentro y lo que pudo ser ímpetu exteriorizado se convierte en sosiego de madurez interior. Así se explica que en este país (mondo de saberes como hueso sin pelleja) apareciera Francisco, con doctrina y decisión. Poco había aprendido de sus compañeros de juego, menos del mundillo de Morocelí, algo de D León, bastante de los libros y documentos de éste, más de las pocas obras extranjeras caídas en sus manos y mucho de su propio juicio y reflexión. Al propio tiempo había escapado  de la influencia de un mundo ignorante, supersticioso y fanático: producto de una iglesia adinerada y feudal.[3]”

El ambiente descrito por Mejía Nieto  fue el mismo en el que creció Josefita, una sociedad en la que imperaba la ignorancia, la superstición y el fanatismo religioso. Las mismas causas por las que en América Central anidó la idea emancipadora. Hasta Tegucigalpa llegaron las noticias de los movimientos sociales liderados por Francisco de Miranda en Venezuela, Mariano Moreno en Argentina, el cura Hidalgo en México, contextualizados  en la ocupación del territorio español por el ejército  napoleónico, el abandono de la Corona por Carlos IV, la detención del príncipe heredero Fernando VII. En ese escenario histórico,  hacia 1819,  Morazán  fue escribano de Mallol, Alcalde de Tegucigalpa, en donde leía todo los que caía en sus manos.

Más tarde se empeñó en hacer  carrera militar, en la que conoce y   se identifica con las ideas Bonapartistas. En  1824,  Morazán Quesada se convierte en  el Secretario General del Despacho y brazo derecho del Jefe de Estado Don Dionisio de Herrera. José Francisco era calificado como  un joven guapo, atractivo, varonil, recibía los halagos de las mejores familias de Comayagua, quienes lo consideraban  el mejor prospecto matrimonial para sus hijas. Pero la amistad con Josefa se había vuelto apasionada. Mejía Nieto la describe así: “…

Morazán había adquirido casi tanta popularidad en la buena sociedad de Comayagua como en la de Tegucigalpa; esto le favorecía, pues en Comayagua cimentaba más arraigadamente la tradición de las severas costumbres sociales de la colonia española. En Tegucigalpa la explotación de las minas había hecho posible el surgimiento de nuevos ricos, sin apellido ni nombre. Por otro lado creyeron los aristócratas de Comayagua sin excluir al clero que atrayéndose a Morazán, lograrían influir y salvaguardar sus intereses y privilegios de la amenaza liberal del Gobierno. Cuando se supo que de la ilusión platónica entre Morazán y la viuda de Travieso se adelantaba en visitas y hasta ausencias de Morazán al deporte favorito que era aventurarse errando  caballo por las tardes, la sociedad armó cuchicheos. Es verdad que se censuró la imprudencia de la viudita y los avances del funcionario, que además del poder político y social tendría el solio que le fraguaba el dinero de su bella esposa. No era un amor platónico, sino que era una corriente de erótica atracción como luego se descubrió y hasta con suma sorpresa y no cierta envidia, porque jovencitas de Comayagua que no eran viudas ni tenían niños, pensaron en atraer a Morazán a sus redes. Esto sin embargo no ocurrió. El casamiento de Josefita Lastiri (como se la llamaba) con Morazán se juzgó como un hecho cierto e inevitable. El propio presidente D. Dionisio de Herrera fue el padrino de bodas.”[4]

Josefa Lastiri por Rigoberto Paredes Vélez, 2016

El modo en que se desarrolló el vínculo amoroso entre Francisco y Josefita  dejan constancia  de sus ideas liberales, éstas  les permitieron asumir su situación con bastante libertad y naturalidad.  Sin embargo,  tras la presión social propia de una sociedad conservadora como la Comayagua,  celebraron su matrimonio en esa  ciudad el 30 de diciembre de 1825, cuando ambos tenían treinta tres años. Fueron testigos de su boda el Coronel Don Remigio Díaz, esposo de Doña Petrona Lastiri, y Don Coronado Chávez, años después Presidente de Honduras. Las circunstancias históricas por las que atravesaba  la región centroamericana imposibilitaron que el  hogar de los Morazán Lastiri tuviese una vida sosegada. Las discrepancias ideológicas, reflejo de los diferentes intereses económicos se resolvieron con la guerra.

El Gobierno de Don Dionisio de Herrera, en el que Morazán se desempeñaba como Secretario General y Presidente del Consejo Representativo, se enfrentó con las autoridades federales, quienes enviaron sus tropas a Honduras y en abril de 1827 sitiaron la ciudad de Comayagua, la que fue decididamente defendida por sus pobladores. El 10 de mayo  de 1827, a las once de la mañana, entraron triunfantes Comayagua las tropas federales, comandadas por el Coronel José Justo Milla. Dionisio de Herrera, el Jefe de Estado legítimo de Honduras, fue capturado por los invasores y enviado para Guatemala.  Lo sustituyó Cleto Bendaña, impuesto por el mismo Milla. Josefa,  recién casada con Morazán, sufrió la captura de la ciudad.

Francisco participó activamente en la defensa de Comayagua, arriesgándose consiguió víveres y atacó a las tropas federales.  Estratégicamente, se retiró a Tegucigalpa donde logró reunir trescientos hombres. Al regresar a Comayagua se enfrentó nuevamente a las tropas de Milla en la hacienda La Maradiaga,  y aunque salió victorioso, sus hombres quedaron sin municiones.  Se vieron obligados  a  retirarse hacia Tegucigalpa. En Comayagua se quedó Doña Josefita y sus hijos Travieso, la ciudad fue tomada por las fuerzas federales y fue víctima de un terrible saqueo.  Entretanto Morazán  se incorporó a la columna,  al mando de Cleto Ordóñez,  que el gobierno salvadoreño envió tardíamente en auxilio de Herrera. Cuando pasaron por la hacienda El Hato Grande  las gentes de Ordóñez asesinaron a su propietario, Miguel Madueño, sólo para apropiarse de sus bienes. Ante este hecho Morazán, indignado, se separó de la columna y solicitó garantías a José Justo Milla, quien mandó pasaportes para Morazán, Díaz, Márquez y Gutiérrez.

Morazán creyó en la palabra del invasor, no así sus compañeros, quienes partieron para Nicaragua. Morazán se trasladó a Ojojona y ahí fue apresado y trasladado a Tegucigalpa, con irrespeto absoluto de la garantía concedida, caía víctima de la traición. Sin embargo, logró huir hacia El Salvador, de ahí hacia la ciudad de León en donde se reunió Remigio Díaz, José Antonio Márquez y José María Gutiérrez, consiguió ayuda del Gobierno de Nicaragua, formó una pequeña pero aguerrida columna con la que se dirigió hacia Choluteca en donde se unieron otros hondureños que se habían levantado en contra de Milla, anhelantes de batir a los invasores y  de instaurar en el país un gobierno legítimo.

El 11 de noviembre de 1827 derrotó al ejército federal en la famosa batalla de La Trinidad. Al día siguiente entró a Tegucigalpa y el 26 de ese mismo mes llegó victorioso a Comayagua. Josefita pudo presenciar el júbilo popular con que fue recibido  Francisco. Por falta del Jefe de Estado, el Consejo Representativo lo llamó a ejercer la primera magistratura, Diego Vigil fue nombrado Vice-Jefe . Josefita y Francisco se reunieron tras largos y angustiosos tiempos. No pudieron disfrutar por un largo período de su nueva posición en la sociedad hondureña. Nuevas fuerzas federales volvieron a marchar sobre el Estado, y Francisco hubo de blandir de nuevo el sable.

El 30 de junio 1828 se apartó de la Jefatura para dirigir del ejército estatal, a cuyo mando derrotó a los federales el 6 de julio en la batalla de Gualcho. Luego marchó hacia El Salvador, con el objetivo de auxiliar al Gobierno estatal, también enfrentado con las autoridades de la República. Doña María Josefa  recibía información de los triunfos de su esposo. Vencedor en el Combate de San Antonio, fue eufóricamente recibido en San Salvador  el 23 de octubre. Prontamente partió hacia Guatemala en donde puso sitio a la ciudad para derrocar al Gobierno de la República.

El 13 de abril de 1829 entró en la ciudad y  depuso a las autoridades federales,  asumió el mando supremo de la nación centroamericana. Días antes había sido elegido Jefe del Estado de Honduras por sus conciudadanos. Para esas fechas Josefita había alcanzado la edad de 37 años y se convertía en Primera Dama de Centroamérica por primera vez, estatuto que no ostentó por mucho tiempo pues en junio de 1829 Morazán entregó el poder a un gobierno provisional presidido por Don José Francisco Barrundia. Regresó a Honduras para tomar posesión de la Jefatura Suprema el 4 de diciembre de 1829. En esta ocasión tampoco sería Primera Dama de Honduras por mucho tiempo pues en junio de 1830 Morazán fue elegido como Presidente de la República Federal para el período 1830-1834.

En septiembre (16) del año de 1830 Francisco tomó posesión de ese cargo y Josefita se convirtió de nuevo en la Primera Dama de la gran nación centroamericana. La convulsiva situación social de la región explota nuevamente en los primeros meses de 1832 y Morazán vuelve a comandar el ejército federal, esta vez contra el Gobierno de El Salvador. Retorna triunfal a Guatemala en abril de 1833 y entonces solicita un permiso al Congreso de la Federación para retornar a Comayagua con Doña Josefita. Sin embargo este merecido descanso duró pocos meses pues debió combatir de nuevo contra las autoridades salvadoreñas, ocasión en la que Morazán, Presidente de la Federación, salió herido. El jefe de Estado salvadoreño, Joaquín de San Martín y Ulloa fue derrotado.

El 16 de septiembre de 1834 finalizó su período de Gobierno en la Presidencia de la Federación, para entonces el candidato ganador de las elecciones, Don José Cecilio del Valle había muerto el 2 de marzo de ese año. Fue necesario efectuar nuevos comicios y el voto popular designó nuevamente a Morazán como Presidente de la Republica. El 4 de junio de 1835 Francisco tomó posesión de ese cargo en la ciudad de San Salvador, designada desde el año anterior como la nueva sede de la jefatura. Hacia esa ciudad se trasladó Josefita con su familia para apoyar decididamente a Morazán en el desempeño de su nuevo cargo,  al frente del proyecto social de la Federación Centroamericana.

Transcurridos poco más de 10 años después de la emancipación centroamericana y de la constitución de la Federación se creía que Centroamérica había logrado consolidar el proyecto social de los demócratas de la región, sin embargo esta ilusión se desvaneció rápidamente. En el Estado de Guatemala estalló la guerra civil, provocada por el levantamiento del conservador Rafael Carrera y Turcios. Para estas fechas Josefita se encontraba en estado de embarazo, a pesar de ello, Morazán tuvo que salir de San Salvador para hacer frente a los rebeldes. En 1838, mientras el Presidente de la Federación combatía a los conservadores liderados por Carrera, nació en San Salvador la única hija del matrimonio, bautizada con el nombre de Adela. Francisco Morazán Quesada procreó   cinco  hijas e hijos fuera del matrimonio: Con Rita Zelayandía de Ruiz, salvadoreña, tuvo a José Antonio Ruiz, nacido en Tegucigalpa en mayo de 1826 ( probablemente procreado en agosto de 1825, meses antes de su matrimonio con Josefita) Con la señora Francisca Moncada, hondureña, tuvo a Francisco Morazán Moncada, nacido en octubre de 1827 (probablemente procreado en enero de 1827), casado ya con Josefita Con una señora Fuentes, en Guatemala tuvo otros dos hijos, Nicolás y Josefa Con la Señora Teresa Escalante de  Freer, salvadoreña,  tuvo a Dolores Freer, nacida el 2 de junio de 1843 (probablemente concebida días antes del asesinato de Francisco Morazán) Josefa asumió con generosidad el cuidado de los dos vástagos mayores de Morazán  y crecieron junto a los hijastros Travieso.

Adela Morazán Lastiri por Rigoberto Paredes Vélez, 2016

En la biografía de Francisco Morazán Quesada escrita por Enrique Guier nos relata: …toleró a su lado dos hijos naturales del segundo marido, cuyos devaneos amorosos no desmentían sus vigorosas facciones masculinas..[5] La última de las hijas de Josefita llegó al mundo  en medio de las peores circunstancias vividas por la Federación.  Guatemala, El Salvador y el sexto, nuevo y efímero Estado de los Altos ( país creado durante la República federal en los años 30, cuya capital fue Quetzaltenango y ocupaba lo que actualmente es el oeste de Guatemala y parte de Chiapas, el cual se creó como respuesta a las diferencias políticias entre la Ciudad de Guatemala y Quetzaltenango, que era realista y no se independizó sino hasta el 2 de febrero de 1838, siendo reconocida por la Federación el 5 de junio de ese mismo año) se encontraban en plena guerra civil, mientras Nicaragua, Honduras y Costa Rica se separaban sucesivamente de la República.

En 1839, 1º de Febrero, Morazán finalizó su período presidencial y entregó el poder a su concuñado Don Diego Vijil  y Cocaña, quien fungió como Vicepresidente de la Federación. Vijil, por su parte,  nombró a Francisco como jefe del ejército Federal y en abril de ese año venció a las fuerzas combinadas de Honduras y Nicaragua en el combate del Espíritu Santo, donde sufrió una herida de consideración. Poco después fue elegido como Jefe de Estado de El Salvador, cargo del que tomó posesión el 11 de julio de 1839.

Josefita, en su calidad de  esposa del Jefe de Estado de El Salvador, sufrió el escarnio producto de los animadversiones políticas de los conservadores centroamericanos. En septiembre de 1839, en ausencia de Francisco  detonó una revuelta en San Salvador. Los rebeldes tomaron como rehenes a Josefa y a su familia para exigir al Jefe de Estado que abandonase su cargo.

Francisco respondió así: Los rehenes que mis enemigos tienen en su poder son para mí sagrados y hablan vehementemente a mi corazón; pero soy el Jefe de Estado y mi deber es atacar; pasaré sobre los cadáveres de mis hijos; haré escarmentar a mis enemigos y no sobreviviré un instante más a tan escandaloso atentado El Jefe de Estado atacó furiosamente a los amotinados que fueron definitivamente derrotados.  En su huida abandonaron a Josefita y sus hijos sin causarles daño. Penosamente para Josefa y los unionistas centroamericanos los combates continuaron  y Morazán dispuso que su esposa y su familia abandonasen El Salvador y se trasladasen a Costa Rica.

En Costa Rica,   Estado Centroamericano en el que reinaba una aparente  paz debido al terror impuesto por Braulio Carrillo. A principios de 1840 Doña María Josefa partió hacia ese país, embarcada en la goleta Melanie, una vez más se veía obligada por la historia, a separarse de su amado Francisco. Una vez llegada a Caldera, la Primera Dama de El Salvador escribió al Jefe de Estado Braulio Carrillo[6]: El temor a la Revolución de los Estados de Honduras y El Salvador, me han obligado a abandonar mi país, y mucha parte de mi desgraciada familia, para buscar en cualquier punto un lugar donde vivir pacíficamente con el resto de mi familia que he podido traer conmigo; y atendiendo a la paz que goza este Estado, a las buenas circunstancias que lo caracterizan y a los consejos de muchos de mis amigos, me he resuelto a venir a pedir un asilo, segura de que su Gobierno protegerá la inocencia y permitirá internarme al punto que parezca más conveniente a mis circunstancias.

Carrillo le respondió a Doña María Josefa que ellas y los suyos podían asilarse en Costa Rica si aceptaban instalarse en la ciudad de Esparza, población aislada e insignificante por lo que Josefita rechazó la oferta. Carrillo mantenía el poder a costa de la persecución de la oposición, sin duda tenía sus temores políticos respecto de la presencia de Josefita en San José. Zarpó en la Melanie hacia Nueva Granada y  se estableció en Chiriquí. Derrotado Morazán en El Salvador, abandonó ese país en compañía de su hijo José Antonio y de un grupo importante de partidarios. Se reúne con Josefita y su familia  en mayo de 1840 en el poblado David, en donde escribió su célebre manifiesto. Francisco partió hacia Perú en agosto de 1841 acompañado de varios de sus colaboradores, mientras Josefa permanecía en David junto a su numerosa familia.

Morazán buscaba formar una nueva expedición hacia Centroamérica. A inicios de 1842 lograba regresar haciendo escala en Chiriquí para reencontrarse con los suyos. Continuó su viaje hacia El Salvador, pero su gesta no tuvo eco en esa nación y retornó a Costa Rica, desde donde había recibido numerosas y urgentes peticiones de ayuda, llegando a ese país el 7 de abril de 1842. Tras el pacto del Jocote, acuerdo efectuado el 11 de abril de 1842 a la sombra de un árbol de jocote, en Alajuela, Costa Rica, acordado entre Francisco Morazán y Vicente Villaseñor, a quien el Jefe de Estado Braulio  Carrillo Colina había enviado con 700 hombres a rechazar la invasión. De conformidad con el pacto el ejército de Villaseñor  se unió – sin combatir-  con el de Morazán y éste fue proclamado como nuevo jefe de Estado de Costa Rica.

Morazán entro triunfalmente a San José y el 12  de abril[7] asumió la Jefatura de Estado. Al poco tiempo Josefita, que se encontraba en David, se informó sobre el nuevo estatuto de Morazán como nuevo gobernante de Costa Rica, se convertía así en la nueva Primera Dama de ese país a los 49 años de edad. Un barco fletado para retornarla a Costa Rica hizo posible que la familia Morazán Lastiri se reuniera nuevamente. La popularidad de Morazán fue socavada eficazmente por los conservadores.

Josefita encaró la nueva relación amorosa entre Francisco  y la salvadoreña Teresa Escalante y Ocampo, casada con el británico William Freer Risk. De esa relación  con quien tuvo una hija, María Ester de los Dolores Freer Escalante. No habían transcurrido  ni cinco meses cuando, el 11 de septiembre de 1842, se sublevaron los pueblos de San José y Alajuela, dizque para  de evitar la guerra con Nicaragua. En la capital la lucha fue sangrienta.

Se calcula que Morazán hizo durante el combate 16,000 tiros  de los cuales cien fueron cañonazos, y que en la plaza que él defendía se dirigieron 200,000 tiros, de los cuales 300 fueron de cañón. Se cree que los muertos excedieron a los cien y los heridos a doscientos. Josefita y su hija Adela, de cuatro años, se encontraba al lado de su esposo y padre, en el cuartel josefino. Salieron de allí para tratar de refugiarse en la casa de la familia Escalante en medio de una tormenta de proyectiles. Cayeron en poder de los sublevados y fueron conducidas a la casa de Antonio Pinto Soares, uno de los caudillos de la insurrección.

Entonces estuvieron a punto de ser fusiladas. Más tarde, madre e hija fueron depositadas en custodia del Presbítero Don José Julián  Blanco y Zamora, y por último el acaudalado cafetalero y comerciante Rafael Moya Murillo les ofreció hospitalidad. Morazán, en una acción de extrema audacia, con Cabañas y Villaseñor rompieron la línea de los sitiadores logrando al fin salir de la población. Se dirigieron hacia Cartago, a casa de quien consideraban un amigo: Pedro Mayorga. Lejos  estaban de sospechar que aquel traidor lo entregaría a sus opositores y al día siguiente fue conducido de regreso a la capital, donde fue fusilado a las seis de la tarde entre la expectación popular y el doloroso silencio de sus seguidores[8]. Los sublevados  carrillistas querían asesinar a Josefita y sus hijos.

A Morazán solo pudo acompañarle su primogénito Francisco Morazán Moncada. Fueron heridos y detenidos Cabañas, Barrios, Rascon, Orellana, González Zepeda (Manuel),  García del Río, dos señores Pintos de San Salvador, Francisco Morazán, hijo del ex Presidente, Angulo, doctor Mendez, Vigil, Cruz Lozano, Estéban Travieso y otros muchos. [9] Josefita se informó del fusilamiento de su esposo[10] una semana después de los hechos, quien al conocer la noticia sufrió dolorosas convulsiones y llanto sin tregua.

Su vida  con Morazán  la coloca a la par de otras grandes mujeres de su tiempo: Juana Azurduy[11], Manuela Sáenz[12], Bartolina Sisa[13], Gertrudis Bocanegra[14], Luisa Cáceres[15], Policarpa Salavarrieta[16],  Micaela Bastidas[17], Dolores Bedoya de Molina, que son claro ejemplo de la participación femenina en el proceso de la independencia de América Latina. Permaneció un tiempo en Heredia, protegida por el anti carrillista Moya.   Meses más tarde se trasladó a El Salvador en la goleta Coquimbo, el 12 de diciembre desembarcaba en el puerto de La Unión para establecerse en Cojutepeque, en la pobreza. Los bienes heredados de sus padres y de los Travieso se prodigaron en las campañas de  Morazán. Murió en San Salvador en 1846, a los 52 años de edad. [18]

Notas

[1] Castañeda, Elvia La batalla del amor, María Josefa Lastiri, Tegucigalpa, 1992

[2] Las Primeras Damas de Costa Rica

[3] Mejía Nieto, Aturo Morazán Presidente de la desaparecida República Centroamericana, Editorial Nova, Buenos Aires, 1ª ed., 1947

[4] Ibidem, pp 88

[5] Guier, Enrique. El General Francisco Morazán, San José, Editorial Stvdivm, 1ª.  Ed. 1982, pp 13

[6]  Cáliz Suazo, Miguel. La posteridad nos hará justicia. Ediciones Guardabarranco, 2002. Vol IV. En el que recopila documentación acerca de dictador Braulio Carrillo.

[7] http://www.tiquicia.org/pds/pd/13-XIII.htm

[8] Wilson, Baronesa de América de fin de siglo. Ed Soler y Llach, Barcelona 1897

[9] Montúfar, Lorenzo Centro América. http://www.archive.org/stream/reseahistoric04loreguat#page/n7/mode/2up

[10] Montúfar, Lorenzo Centro América. http://www.archive.org/stream/reseahistoric04loreguat#page/n7/mode/2up

[11] Juana Azurduy de Padilla, Chuquisaca, 1780-Jujuy1860, heroína de la independencia del Alto Perú, actual Bolivia. En 1802 contrajo matrimonio con Manuel Ascencio Padilla, con quien tendría cinco hijos. Tras el estallido de la revolución independentista el 25 de mayo de 1809, Juana y su marido se unieron a los ejércitos populares, creados tras la destitución del virrey y al producirse el nombramiento de Juan Antonio Álvarez como gobernador del territorio. El caso de Juana no fue una excepción; muchas mujeres se incorporaban a la lucha en estos años. Juana colaboró activamente con su marido para organizar el escuadrón que sería conocido como Los Leales, el cual debía unirse a las tropas enviadas desde Buenos Aires para liberar el Alto Perú. Durante el primer año de lucha, Juana se vio obligada a abandonar a sus hijos y entró en combate en numerosas ocasiones, ya que la reacción realista desde Perú no se hizo esperar. La Audiencia de Charcas quedó dividida en dos zonas, una controlada por la guerrilla y otra por los ejércitos leales al rey de España.

[12] Manuela Sáenz y Aizpuru o Sáenz de Thorne, también llamada Manuelita Sáenz; Quito, 1793 – Paita, Perú, 1859. Patriota ecuatoriana. Esposa del doctor J. Thorne (1817), se convirtió en la amante de Bolívar (1822), al que acompañó en todas sus campañas y al que, en una ocasión, salvó la vida (1828), lo que le valió el apelativo de Libertadora del libertador.

[13] Bartolina Sisa, guerrera aymara y ancestral boliviana, nació en 1753 en Sullkawi (hay otra versión que dice que nació en 1750 en Qara Qhatu, cerca de la ciudad de La Paz). Pudo ver los atropellos que se cometían con las poblaciones indígenas. Dedicó su vida a luchar contra la opresión de los colonizadores, buscando la libertad y una vida digna para sus hermanos indígenas. Se casó con Tupak Katari, un joven aymara que compartía la misma convicción ante la contingencia que vivían. Se unen a Túpac Amaru y a su esposa Micaela Bastidas , dos guerreros incansables, en busca del mismo propósito de libertad para sus pueblos y que lideraban el grupo de los quechuas. Estalla la insurgencia aymara-quechua y en 1781 Túpak Amaru es proclamado Virrey del Inca y Bartolina Sisa es elegida Virreina.

[14] Gertrudis Bocanegra Nació el 11 de abril de 1765 en la ciudad de Pátzcuaro Michoacán en la sociedad colonial de la Nueva España. Hija de los españoles Pedro Javier Bocanegra y Felicia Mendoza, se casó con Pedro Advíncula de la Vega, soldado del regimiento provincial. En su matrimonio procreó cuatro hijos. Organizó una red de comunicaciones mientras su hijo y su esposo se incorporaron al ejercito insurgente en las filas de Manuel Muñiz, que a su vez, se incorporó con su tropa al ejército comandado por Miguel Hidalgo a su paso para Guadalajara, tomando parte en la batalla de Puente de Calderón. Su esposo y su hijo, sucumbieron en batalla. Fue enviada a su natal Pátzcuaro para organizar las fuerzas insurgentes y facilitar la entrada a su ciudad. Fue apresada y sufrió interrogatorios para que delatara a sus compañeros. Sujeta a proceso fue sentenciada y fusilada al pie de un fresno de la plaza mayor, hoy Vasco de Quiroga, el 11 de octubre de 1817.

[15] Luisa Cáceres de Arismendi Heroína de la Guerra de Independencia de Venezuela (Caracas, 1779 – 1866). Su padre, Domingo Cáceres, y su hermano Félix fueron asesinados por los realistas en la población de Ocumare en 1814, por lo que tuvo que emigrar con el resto de su familia a Isla Margarita, donde contrajo matrimonio con el general Juan Bautista Arismendi. Al año siguiente, fue detenida por las autoridades españolas con el propósito de presionar a su esposo Arismendi, quien desarrollaba una feroz campaña contra las fuerzas españolas. Sin embargo, el gobernador de Isla Margarita, el español Joaquín Urreiztieta, no consiguió nada ni de ella ni de su marido por lo que Luisa permaneció en la prisión de la fortaleza de Santa Rosa -donde tuvo a una niña que murió en el parto- hasta que fue trasladada a la fortaleza de Pampatar, de allí a La Guaira y finalmente a España (1816), donde también fue víctima de presiones para que renegara de sus ideas republicanas. Sin embargo, nunca abandonó sus ideales independentistas. Una vez en libertad, regresó a Venezuela en 1818 y continuó apoyando las ideas de libertad y soberanía del pueblo americano. Vivió en Caracas hasta su muerte. En reconocimiento a su lucha por la independencia de Venezuela, sus restos fueron sepultados en el Panteón Nacional en 1876.

[16] Policarpa Salavarrieta, ¿Santafé, Guaduas, Mariquita?, ¿1793-1795?-Santafé, 14 de noviembre de 1817 Esta heroína colombiana, patriota, amante de la libertad usó nombres, salvoconductos y pasaportes falsos, se empleó como doméstica para espìar y facilitar emboscadas de la guerrilla, conspiró contra los realistas, ayudó a organizar destacamentos militares de apoyo a Simón Bolívar… Fue arrestada junto a   Alejo Sabaraín, cuando intentaba fugarse con otros compañeros al Casanare, fue el hecho  que permitió la captura de la Pola, pues éste tenía una lista de nombres de realistas y  de partriotas que la Pola le había entregado. Hasta ese momento, Policarpa había podido  pasar desapercibida y moverse con gran libertad por la ciudad. El sargento Iglesias, principal agente español en la ciudad, fue comisionado para encontrarla y arrestarla. La  Pola fue detenida con su hermano en la casa de Andrea Ricaurte y Lozano. Inmediatamente  fue reducida a calabozo en el Colegio Mayor del Rosario. Un consejo de guerra la condenó  a muerte el 10 de noviembre de 1817, junto con Sabaraín y otros patriotas.

[17] Micaela Bastidas (1745-1781), esposa de Túpac Amaru II (José Gabriel Condorcanqui, 1738-1781) y su compañera en la rebelión que encabezó en Perú. Fueron ejecutados el mismo día, con la menos conocida Tomasa Condemayta, capitana de un batallón de mujeres que ganó batallas a las fuerzas españolas

[18] Otras Fuentes webliográficas consultadas: http://es.wikipedia.org/wiki/Mar%C3%ADa_Josefa_Lastiri_Lozano http://en.wikipedia.org/wiki/Mar%C3%ADa_Josefa_Lastiri http://es.wikipedia.org/wiki/Francisco_Moraz%C3%A1n http://es.rodovid.org/wk/Persona:111366 http://www.angelfire.com/ca5/mas/mor/mor010.html http://www.historiadehonduras.hn/heroesyproceres/morazan.htm http://www.sellosmundo.com/America/Honduras/sello_54478.htm http://www.ihah.hn/FILES/PlanInterpretativoMuseo_CasadeMorazan..pdf http://www.datuopinion.com/maria-josefa-lastiri-lozano http://www.mcnbiografias.com/app-bio/do/show?key=morazan-francisco http://www.latribuna.hn/2009/10/06/el-excelso-hijo-de-la-villa/ http://www.historiadehonduras.hn/presidentes/franciscomorazan.htm http://es.scribd.com/doc/56588268/Documentos http://www.angelfire.com/ca5/mas/mor/mor019.html http://www.hechoshistoricos.es/html/eventos1792.html http://translate.googleusercontent.com/translate_c?hl=es&amp;prev=/search%3Fq%3D1792%26hl%3Des%26biw%3D969%26bih%3D138%26prmd%3Dimvns&amp;rurl=translate.google.hn&amp;sl=en&amp;twu=1&amp;u=http://www.brainyhistory.com/years/1792.html&amp;usg=ALkJrhiDW-AlXP6sBC0WdlLS3hkVyEsCKA http://www.ecured.cu/index.php/Francisco_Moraz%C3%A1n http://es.wikipedia.org/wiki/C3%1n http://www.angelfire.com/ca5/mas/mor/mor014.ht

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1944: la oposición de las mujeres al Cariato.

noviembre 6, 2019 at 12:41 pm (Uncategorized)

 

Anarella Vélez

El “Cariato” es el nombre con el que se conoce al período de gobierno dictatorial ejercido por Tiburcio Carías Andino (1933-1949). Carías Andino fue sucedido en  1950 por su ministro de Gobernación Juan Manuel  Gálvez. Esta dictadura se da en un contexto internacional marcado por la política norteamericana hacia latinoamérica regida por la doctrina Moroe y el Corolario de Roosevelt[1]. Estas décadas también están signadas por crisis económica mundial desatada en 1932 y por la Segunda Guerra Mundial.

En Centro América, particularmente en Guatemala, el  general Jorge Ubico, quien ascendió al poder en 1931, se había convertido en un dictador y era repudiado por su pueblo. En junio de 1944, un poderoso sentimiento de oposición al represivo régimen del dictador comenzó a manifestarse. El movimiento se inició entre los estudiantes y profesores de la Universidad de San Carlos. Se enfrentaron a quien el semanario «Time»  describió cómo un admirador de la sangrienta purga que Hitler provocó en 1934 y citaba sus palabras: «yo soy como Hitler, primero ejecuto y después organizo el proceso.  Con  la II Guerra Mundial ciertos cambios empezaban a debilitar la posición de Ubico.  El dictador militar que había soñado con seguir en el poder durante numerosos años más, abdicó al fin y dejó al país el 1 de julio de 1944.

En El Salvador, Maximiliano Hernández Martínez [1](San Matías, El Salvador, 20 de octubre de 1882 – Hacienda Jamastrán, Danlí, Honduras, 15 de mayo de 1966) el militar y dictador  (1931-1944), usurpó la presidencia tras un golpe de Estado. La paciencia del pueblo salvadoreño se agotó y a partir del 26 de abril de 1944, los estudiantes universitarios impusieron una huelga parcial, seguidos por los estudiantes de educación media, los maestros, los empleados de teatro, las vendedoras de los mercados, los profesionales, y exactamente un mes después del alzamiento militar, el 2 de mayo de 1944, rebeldes civiles impidieron que los ferrocarriles de la capital operasen, dando inicio oficial a lo que se conoce como «la huelga de brazos caídos». Durante la huelga no hubo producción alguna, por lo cual la presión nacional e internacional creció hasta el punto de obligar al dictador a deponer su cargo, la renuncia fue anunciada por el mismo mediante un comunicado radial el 9 de mayo de 1944

En este escenario internacional,  la dictadura de Carías se mantenía por la fuerza y la represión;  castigar y perseguir,  con destierro, cárcel o muerte, fue la fórmula impuesta a quienes se oponían a las condiciones económicas y sociales imperantes en el país, se despertó un movimiento social contra la dictadura.

En el mes de mayo de 1944, tras 11 años de férrea y feroz dictadura,  en la ciudad de Tegucigalpa se iniciaron una serie de protestas protagonizadas por las mujeres liberales. El historiador Lucas Paredes,  registra que el 29 de mayo hubo una manifestación de mujeres contra la dictadura quienes demandaban libertad para los presos políticos. Una gran movilización se desarrolló  el 4 de julio, ésta  fue encabezada por  un nutrido grupo  de mujeres,  y a ella se sumaron los opositores al régimen. Con el argumento de ir a dejar flores a la embajada de los Estados Unidos, el 04 de julio, celebración de su independencia, caminó Emma de Bonilla (viuda del ex presidente del Partido Liberal, Policarpo Bonilla -1894-1899-), su hija Emma, la profesora Visitación Padilla “Choncita” –actualmente Heroína Nacional-, Lolita Reina de Watson, Paula Valentine de Callejas, la escritora Argentina Díaz Lozano, la niña Prisca Ugarte, las hermanas Girón y otras mujeres  que iniciaron la movilización desde el centro capitalino.

En Tegucigalpa “Comenzó a marchar la manifestación en completo silencio, portando solamente banderines liberales y uno que otro cartón pidiendo la liberación de los reos políticos”, relata Emma Bonilla en su  testimonio. En el camino se juntaron los estudiantes universitarios y la multitud era enorme, llenando las calles entre el parque central y el parque Valle.

Se proponían que, si las movilizaciones sociales no obligaban a renunciar a el dictador nacionalista, ya que  la oposición llegó a reunir a miles de manifestantes, sostendrían una huelga de brazos caídos hasta el 14 de julio, aniversario de la toma de la Bastilla (Francia). Por esta razón el 5 de julio se organizó un Comité de Huelga donde había médicos, ingenieros, profesores, obreros y artesanos, unidos para la liberar la patria del dictador.

La manifestación se desarrolló  en calma, pasaron por la Embajada de El Salvador, país que había derrocado la dictadura. Las mujeres caminaban por la calle y los hombres por las aceras. No hubo ninguna amenaza, la “Mancha Brava” de las mujeres nacionalistas no les impidió manifestarse, tampoco hubo presencia la policía de Carías, según el relato de Bonilla, plasmado en el escrito de Marvin Barahona en el libro “Honduras en el siglo XX” una síntesis histórica.

Ellas demandaban “Deje el poder señor Presidente, porque su gobierno es inconstitucional e impopular. Déjelo por el bien de los hondureños, de la Democracia, de la Civilización y de la justicia”, exigían las y los universitarios en  1944, al dictador nacionalista Tiburcio Carías Andino.

Estas peticiones requerían un “programa mínimo” para lograr la renuncia de Carías, convocar a elecciones libres, la libertad de los presos políticos y militares, retorno de los exiliados, la libertad de prensa, el respeto a los derechos ciudadanos y la reforma de la Constitución de la República de 1936.

A la movilización social del 4 de julio, siguió la protesta del 06 de julio en San Pedro Sula, y mientras el doctor Peraza –nacionalista adversario a Carías- pronunciaba su discurso, expresó: “Pueblo sampedrano, habéis dado una muestra más de verdadero civismo; la patria os lo agradece, viva Honduras!”.

Estas últimas palabras fueron seguidas por un disparo ejecutado por el mayor Ángel Funes, proyectil que le quitó la vida a el periodista Alejandro Irías. Esa fue la señal para que la policía comenzara la masacre con sus ametralladoras de mano, fusiles y pistolas. Dispararon directamente sobre la multitud durante unos diez minutos. La manifestación pacífica fue sangrientamente disuelta por los órganos represivos de la dictadura posicionada estratégicamente en las azoteas de los edificios vecinos, disparando indiscriminadamente a la multitud integrada por hombres, mujeres y niños, que frente a las nutridas descargas de fusilería, corrían a refugiarse en los edificios vecinos, dejando sobre el pavimento a más de 70  muertos y más de 125 heridos, de todos los sexos y edades según el  relato Arturo Rendón Pineda, quien tenía entonces 13 años de edad.

Una lista incompleta de las y los caídos  se ha ido elaborando, inicialmente con 31 nombres recuperados de un documento semidestruidos recabados por Tornas Erazo, nombres aparecidos en un campo pagado por Héctor Lara Rivera fue publicado en julio de 1994 y se ha enriquecido con el testimonio del Dr. José Antonio Peraza:

1-Alejandro Irías

2- Antonia Collier

3- Irene Santamaría

4- Enrique Suncery

5- Concepción Vda. de Gálvez

6- Frailan Valladares

7- Luis Santos

8- Taurino Bustamante

9- Emilio Fuentes

10-Enrique Tinoco

11-José Martínez

12-Ramón Rápalo

13-Ángel Bardales

14-Luis Barahona

15-Noé Barátala

16-JoséAlvarez

17-Graciela Gonzáles

18-AnadeHowell

19-Lorena Carias

20- Carmen Castañeda

21-Raúl Barahona

22- Francisco Botto

23- Cruz Castillo

24- Amilcar Flores

25- Luis Mejía

26- Antonio Doblado

27- José Cáceres

28- Miguel Mejía

29- Antonio Cervantes

30- José Villanueva

31-Amadeo Botto

32- Nena Santamaría

33- Saúl Barahona

34- Emilio Cáceres

35- Mercedes Morales

36- Héctor Lara Mejía

37- Guadalupe Sarmiento

38- Alfonso Guzmán

39- Miguel R. Mendoza

40- Francisco Paredes Fajardo

41-Emilio Mejía Cáceres

42- Choncita Castillo

Esta fue la respuesta del cariato a las demandas del pueblo,  la masacre  del 6 de julio en San Pedro Sula, a ella siguieron arrestos, persecución y represión contra algunos de los manifestantes,  se cuenta que los asesinatos continuaron incluso durante los sepelios. Hubo toques de queda y persecución, muchas y muchos  se vieron obligados buscar exilio político –para salvarse de una muerte segura– en las residencias diplomáticas de México, El Salvador y Nicaragua.

 

así fueron retirados las y los caídos el 6 de julio de 1944 en San Pedro Sula.

[1] La Doctrina Monroe es el principio de la política exterior de Estados Unidos de no permitir la intervención de las potencias extranjeras en los asuntos internos de los países del hemisferio americano. La doctrina Monroe se resume en la frase «América para los americanos». El corolario de Roosevelt es una  “enmienda” a la Doctrina Monroe por parte del presidente de los Estados Unidos de América Theodore Roosevelt. Con la transformación de la Doctrina de Monroe consideraría a América Latina y el Caribe como territorio para expandir los intereses comerciales de los Estados Unidos en la región, adicional a su propósito original, de mantener la hegemonía europea fuera del hemisferio.

El corolario fue formulado ante el Congreso en el Discurso del Estado de la Unión del 6 de diciembre de 1904, una vez que las potencias europeas (Alemania, Inglaterra e Italia) habían amenazado con el Bloqueo Naval a Venezuela de 1902-1903. El motivo de la acción bélica fue cobrar por la fuerza el pago de una deuda contraída por el gobierno de Venezuela en las últimas décadas del siglo XIX, sin embargo el bloqueo fue levantado después de someterse las partes a un arbitraje bajo presión del mismo Roosevelt.

Tras la muerte del dictador, se le dio su nombre a una brigada de exterminio anticomunista, que funcionó como escuadrón de la muerte. Con su mandato, se iniciaron más de cinco décadas de gobiernos militares que desembocarían, entre otras cosas, en una guerra civil. De su tumba han sido retirados su nombre y toda señal histórica.

Han sido señalados como responsables directos de este crimen: Juan Manuel Gálvez, Ministro de la Guerra. Ángel Fúnez, famoso por los asesinatos de Jano, Olancho. Agustín Tabora, de antecedentes delictuosos conocidos. Ramón Rosa Galeano, pseudo periodista al servicio de la dictadura Los dos Andino (padre e hijo), el primero calificado como responsable de masacres   en los Valles de Quimistán. Ramón Discua, abogado y ex juez de lo criminal, gobernador político de Cortés. Donoso Cubero, Director de la Policía local y Alfredo Zepeda, Ing. al servicio de la tiranía, Comandante de Armas.

 

[1]  Maximiliano Martínez Hernández, tras la renuncia del dictador a la primera magistratura, huyó vía terrestre a Guatemala, donde fue recibido por su hermano Guadalupe, luego se movió hacia Estados Unidos, para finalmente trasladarse a Honduras. Ahí fue ajusticiado por Cipriano Morales, su motorista, quien le asestó 17 puñaladas. El homicidio se perpetró en el comedor de su residencia en Honduras, el 15 de mayo de 1966.

 

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Las mujeres y la insurrección en el siglo XXI

junio 12, 2019 at 12:58 am (Uncategorized)

 

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Anarella Vélez

 

 

 

Mi propósito con este breve análisis es el de contribuir a la reflexión acerca del planteamiento insurreccional en la Honduras del siglo XXI y cómo ésta nos toca a las mujeres; ver el contexto local y la geopolítica internacional con perspectiva feminista. Dada la crisis socioeconómica que vive Honduras urge hacernos algunas preguntas y observaciones. Considero que, en el Partido Libre y su inserción en la lucha liderada por la Plataforma de Defensa de la Salud y la EducaciónPúblicas, debemos construir las propuestas para que la conflictividad nos permita transitar de la lucha individual a la lucha colectiva y así enfrentar en mejores condiciones el Poder que nos oprime.

 

Ser militante de libre es ser insurreccionalista, aunque no todas y todos vivimos los mismos niveles de insurrección. Estamos en insurrección ante la corrupción, estamos en insurrección ante el empobrecimiento de nuestra gente, estamos en insurrección ante la destrucción de nuestro sistema público de salud, estamos en insurrección ante la destrucción de nuestro sistema público de educación. Para ello nos organizamos.

 

Este es el momento de plantearnos qué hacemos para construir una sociedad en la que se anulen las desigualdades y la profundización de la pobreza gracias a la privatización de los servicios públicos. Particularmente a las mujeres nos toca las más profundas fibras de nuestro ser el no tener respuestas del Estado para contar con las condiciones necesarias que permitan cuidar a nuestra gens. El Estado no construye los ambientes propicios para que nuestros hijos crezcan en una sociedad segura, no encontramos condiciones para que nuestras madres y padres tengan una vejez digna, una sociedad en la que nuestros jóvenes no migren, no sean asesinados. Debemos empeñarnos en construir una sociedad en la que estos males desparezcan.

 

Se ha querido desvirtuar, con argumentos reduccionistas y destructivos, la propuesta de Libre. Debemos afianzar la confianza en que nuestra organización nos conduce sabiamente hacia la transformación de esta sociedad que hasta hoy está signada por los peores males de nuestro tiempo. Ahora más que nunca debemos tener respuestas acerca de cómo desafiaremos los retos de la construcción de una sociedad en la que mujeres y hombres participen en igualdad de condiciones en los cambios urgentes de nuestro tiempo.

 

Desde Libre debemos tener certezas acerca de cómo afrontar las perversas practicas del gobierno que busca incriminar a nuestras y nuestros jóvenes para dar fundamento a la represión en respuesta a la imagen que ya han construido de nuestras y nuestros jóvenes organizados. Promovemos las manifestaciones en contra de todo tipo de privatización de los bienes y servicios públicos por que nos empobrece y precariza nuestras vidas.

 

Nosotras entendemos que no beneficia a nuestro pueblo la relación actual con los Estados Unidos pues el gobierno de Trump ha instrumentalizado a Honduras para mantener una política agresiva en contra de otros pueblos hermanos de Nuestra América y para ello ha contribuido a establecer un narco estado en Honduras. Este país es en la actualidad uno de sus clientes más importante en la compra de armas al imperio. Deseamos un gobierno que edifique la paz e invierta más en salud y educación.

 

La imagen que han creado de nuestra organización y de las y los miembros de La Plataforma y Libre es reduccionista –a propósito—, busca esconder el análisis y la lucha de las mujeres y hombres de nuestras organizaciones. Niegan nuestras propuestas por que ponen en riesgo el proceso de profundización del neoliberalismo con una de sus más nefastas consecuencias: la precarización de la vida de las y los ciudadanos. Ignoran –o deforman nuestra verdad– pues desde Libre –específicamente– hemos ideado un proyecto social que impulsa la cimentación de una sociedad justa, igualitaria. Por ello, como punto de partida proponemos un nuevo pacto social que se funde en la creación de una nueva Carta Magna.

 

La participación de las mujeres en nuestras manifestaciones es fascinante. Nosotras hemos descubierto cómo y cuán profundamente nos afecta el actual orden de cosas. Nosotras reconocemos que debemos enfrentar la dictadura y es hora de plantarnos y sostener que ¡Basta ya!

 

Tegucigalpa, 11 de junio de 2019

 

 

 

 

 

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